VISTO Y CONSIDERANDO:
Que la Comisión de Obras y Servicios Públicos ha estado siguiendo el estudio encomendado por el Sr. Intendente Municipal a personal especializado en el tema de las tarifas del servicio de energías eléctrica, como así también las opiniones de los Asesores Jurídicos, de todo lo cuál ha surgido cuadro tarifario a aplicar por la Coop. Integral Ltda. de Villa Gdor. Gálvez por los consumos del mes de Julio pasado.
El mismo ha sido confeccionado con las bases y metodología aplicados para la determinación del cuadro anterior, el cuál a nuestro entender es correcto ya que le permite el al concesionario atender normalmente los gastos que le demanda la explotación del servicio de electricidad.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:
ORDENANZA Nº 441/88
ART.1º) Facúltase al Departamento Ejecutivo Municipal a poner en vigencia el cuadro tarifario adjunto para el servicios público de electricidad por parte de
ART.2º) Continuar para los meses futuros los estudios de las tarifas, tal como se vienen realizando hasta el presente para permitir de esa forma cuadros tarifarios en favor de los usuarios.
ART.3º) Comuníquese, Publíquese, Regístrese.
Dado en Sala del Concejo Deliberante, 1 de Agosto de 1.988.
Presidente: Nicolas Oliva
Asesor Legal: Humberto Meschini