VISTO:
La petición de las empresas Ing. Mosconi y Villa Diego S.R.L. solicitando incremento en el costo del boleto, y
CONSIDERANDO:
Que los costos de explotación que se han venido produciendo desde el último aumento concedido, costos que comprenden neumáticos, combustibles; jornales, etc. hacen aconsejable dicho incremento.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:
ORDENANZA Nº 443/88
ART.1º) Determínase en el nuevo precio del boleto urbano en
ART.2º) El Departamento Ejecutivo determinará día y hora de la entrada en vigencia de la presente Ordenanza.
ART.3º) Comuníquese, Publíquese, Regístrese.
Dado en Sala del Concejo Deliberante, 12 de Agosto de 1.988.
Presidente: Nicolas Oliva
Secretaria: Victor Mautone