Ord. 0444/88 Deroga art. 2 Ord. 434/88 300 tn concreto asfáltico

 VISTO:

 La Ordenanza N º434/88 , y

 CONSIDERANDO:

 Que  la Comisión de Obras Públicas considera que el  Art. 2º  de  la referida Ordenanza, según  los  Dictámenes  de Comisión que se adjuntan, traerá aparejado confusión para los  oferentes debido a la descripción  solicitada  puede variar  en su alcance entre rasgos  constitucionales  tan amplios como el mismo considere.

 Por  todo  ello,  el Concejo Deliberante en  uso  de  sus atribuciones  sanciona la siguiente:

 

 

ORDENANZA Nº 444/88

 

ART.1º) Deróguese en todos sus términos el Art. 2º de la Ordenanza 434/88 sancionada el 21 de Julio de 1.988.    

ART.2º)  Comuníquese, Publíquese, Regístrese.

 

Dado en Sala del Concejo Deliberante, 1 de Septiembre de 1.988.

 

Presidente: Nicolas Oliva

Secretaria: Victor Mautone

 

 

 

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