VISTO:
La nota enviada por el Departamento Ejecutivo Municipal de fecha 29 de marzo de 1.989, Exp. F-58-1º, donde solicita que se le aclaren los términos de la Ordenanza N º 498/89 , y
CONSIDERANDO:
Que en las misma Ordenanza no se aclara la imputación a que cuenta corresponde para realizar los gastos por arreglos de la parte edilicia del Hospital Anselmo Gámen.
Por todo ello el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:
ORDENANZA Nº 505/89
ART.1º) Agréguese como Art. 2º de
ART.2º) Comuníquese, Publíquese, Regístrese.
Dado en Sala del Concejo Deliberante, 30 de marzo de 1.989.
Presidente: Juan Mintzias
Secretaria: Victor Mautone