VISTO:

 La Ordenanza Nº 549/89 , y 553/89 , y

 CONSIDERANDO:

 Que  la  norma exceptiva manifestada en el  Visto,  a  los fines de su mayor efecto debería extenderse su término  de vencimiento. 

 Por todo ello el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:

 

  

ORDENANZA Nº 558/89

 

 

ART.1º) Extiéndase hasta el día 15 de octubre de 1.989, el  plazo para  el acogimiento a lo legislado por las Ordenanzas  Nº 549/89 y 553/89.

ART.2º) Comuníquese, Publíquese, Regístrese.

 

 

  

Dado en Sala del Concejo Deliberante, 28 de septiembre de 1.989.

 

 

Presidente: Nicolas Oliva

Secretaria: Victor Mautone

 

 

 

 

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