VISTO:

Las Ordenanzas 549/89 , 553/89 y 558/89 , y

CONSIDERANDO:

Que  la  norma exceptiva manifestada en el  Visto,  a  los fines de su mayor efecto debería extenderse su término  de vencimiento. 

Por todo ello el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:

 

ORDENANZA Nº 562/89

 

ART.1º) Extiéndase hasta el día 31 de Octubre de 1.989, el  plazo para  el  acogimiento a lo legislado  por  las  Ordenanzas 549/89 , 553/89 y 558/89 .

ART.2º) Comuníquese, Publíquese, Regístrese.

 

 

 

Dado en Sala del Concejo Deliberante, 12 de octubre de 1.989.

 

 

 

Presidente: Juan Mintzias

Secretaria: Victor Mautone

 

 

 

 

print