VISTO:
Que la carpeta asfáltica que se encuentra colocada en las calles interiores del Barrio FO.NA.VI., se encuentra deteriorada debido al excesivo tránsito de vehículos pesados, y
CONSIDERANDO:
Que la misma no resiste el peso de los vehículos mencionados.
Por todo ello el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:
ORDENANZA Nº 568/89
ART.1º) Prohíbese el tránsito de vehículos pesados durante las 24 hs del día, en todas las calles interiores del Barrio FO.NA.VI. que se encuentra en el Camino Guereño.
ART.2º) Reglaméntese el horario para el uso de Carga y Descarga en días hábiles de 7:00 a ):00 hs y de 14:00 a 16:00 hs; y en sábados y feriados de 8:00 a 10:00 horas.
ART.3º) Colocar carteles indicadores a la entrada del Complejo FO.NA.VI.
ART.4º)Comuníquese, Publíquese, Regístrese.
Dado en Sala del Concejo Deliberante, 26 de octubre de 1.989.
Presidente: Juan Mintzias
Secretaria: Victor Mautone