VISTO Y CONSIDERANDO:
Que los Bomberos Voluntarios de Villa Gobernador Gálvez, tiene en forma permanente necesidades financieras, para atender sus gastos, por cuánto las cuotas societarias no son autofinanciables.
Que la misma ha requerido a todos los sectores de la Población, la ayuda para poder mantener en vigencia la marcha indispensable de la Institución.
Que es sabido que el comercio y la industria han colaborado, pero la insignificancia de sus aportes, hace que de dichos recursos no se pueda contar como apoyo financiero para marcha normal de la Institución.
Que es necesario, de una vez por todas, otorgar a éste Cuerpo de Servicio partidas mensuales para su mantenimiento y subsistencia, pués dicha Institución se encuentra al borde de su disolución.
Que la propuesta Empresaria, de no aceptar un distributivo, sobre el 5 % que afecta al Comando Radioeléctrico en la Ordenanza 559/89 , como fue propuesta como proyecto de Ordenanza y en reuniones mantenidas con representantes Empresarios y la Comisión de Seguridad.
Por todo ello, y a los efectos de aplicar una lógica alternativa, se considera que se debe adicionar sobre lo recaudado en los Derechos de Registro e Inspección un 2 % a los efectos que dicho porcentual se adicione al existente destinado este último exclusivamente al Cuerpo de Bomberos Voluntarios de ésta Ciudad.
Por todo ello el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:
ORDENANZA Nº 576/89
ART.1º) Adicionar a partir del mes de diciembre del cte. año, al 5 % fijado por Ordenanza 559/89, un 2 % destinado exclusivamente al Cuerpo de Bomberos Voluntarios de Villa Gobernador Gálvez.
ART.2º) Esta Ordenanza tendrá vigencia a partir de la liquidación del Derecho correspondiente al mes de diciembre/89, que efectúen el comercio y la industria debiendo, el Departamento Ejecutivo entregar en forma mensual dentro de los 15 días de su vencimiento en las recaudaciones pertinentes.
ART.3º) Comuníquese, Publíquese, Regístrese.
Dado en Sala del Concejo Deliberante, Diciembre 21 de 1989.
Presidente: Nicolas Oliva
Secretaria: Victor Mautone
DEROGADA POR ORDENANZA Nº 604/90