Ord. 0640/90 Autorizac. Al Ctro. Cómputos Mun. Dejar Sin Efecto Deudas T.G.I. Per. 4/82 Y 2/83.

 

VISTO:

 

Que de acuerdo a los informes del centro de Cómputos de la Municipalidad no se ha podido dar de baja a la deuda de la Tasa  General de Inmuebles correspondiente a los  períodos 4/82 y 2/83 de numerosos contribuyentes que en su  oportunidad lo abonaron, y

 

 

 

CONSIDERANDO:

 

Que  las causas que dieron a eso inconvenientes fueron  de fuerza  mayor, producida por la inundación que  sufrió  el Municipio,  en  el Año 1.986, que deterioró  elementos  de trabajo, discos magnéticos que contenían archivos.

 

Que al día de la fecha no se ha dado una solución a  estos inconvenientes.

 

Que los Organismos Municipales como así también los ejecutores  judiciales  Municipales por vía de  apremio,  están intimando a los contribuyentes al pago de esos períodos.

 

Que  esta situación está provocando serían reacciones  por parte de los contribuyentes que tienen en su poder recibos que acrediten el pago de esos períodos.

 

Por todo ello el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:

 

 

 

ORDENANZA Nº 640/90

 

 

ART.1º) Autorícese  el Centro de Cómputos Municipal, a dejar  sin efecto  todas  las deudas por Tasa  General  de  Inmuebles inherentes  a  los períodos 4/82 y 2/83 dando de  baja  la imputación correspondiente.

 

 

 

ART.2º) Déjese  constancia del listado de la deuda existente  por Tasa General de Inmuebles por los períodos ya  mencionados mediante listado de computación.

 

 

 

ART.3º) Dése conocimiento de la presente a los interesados.

 

 

 

ART.4º) Comuníquese, Publíquese, Regístrese.

 

Dado en Sala del Concejo Deliberante, Agosto 2 de 1.990

 

 

 

 

Presidente: Juan Carlos Cabos

Secretaria: Victor Mautone

 

 

 

 

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