Ord. 0639/90 Se Establ. Z. Ind. Fracción De Terreno De Propiedad Fco. Swift S.A.

 

VISTO  Y CONSIDERANDO:

 

El estado del expediente Nº 7997/89, por el cuál la Empresa  Swift Sociedad Anónima Argentina, plantea el  tema  de respetar  la  zona ribereña, cuyo plano  se  encuentra  en fojas 5 del citado expediente.

 

Que el Dictámen último aprobado por el Concejo Deliberante procede  a descalificar dentro de dicha zona, “El  destino de zona de esparcimiento”.

 

Por lo cuál rectifica el dictámen de fojas 20,21,22,23, en el sentido que en la zona ribereña debe mantenerse  limpia de  cualquier otra calificación, con el mantenimiento,  de los derechos de Orden Público, ya sean de Orden  Municipal y/o Nacional.

 

Por todo ello el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:

 

 

 

ORDENANZA Nº 639/90

 

 

ART.1º) Establecer  como Zona Industrial, la facción de  terrenos de propiedad del Frigorífico Swift S.A. que comprendía  la antigua cancha destinados a campos de golf.

 

 

 

ART.2º) Mantener como zona ribereña a la fracción ubicada como  Z R, de acuerdo a lo dispuesto en el Plano 5 con las limitaciones propias de las Leyes de Orden Público. 

 

 

 

ART.3º) Comuníquese, Publíquese, Regístrese.

 

Dado en Sala del Concejo Deliberante, Agosto 2 de 1.990

 

 

 

 

Presidente: Juan Carlos Cabos

Secretaria: Victor Mautone

 

 

 

 

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