VISTO:
Las insistentes versiones de que Agrupaciones Políticas e Instituciones Intermedias, por la proximidad de las Campañas Electorales de abrir Centros de Salud en distintos barrios de
CONSIDERANDO:
Que es menester que los Entes Oficiales reglamenten y supervisen el funcionamiento de los mismos, no solo en la actividad sino también en las personas.
Se efectúa esta disposición en salvaguarda de
Por todo ello el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:
ORDENANZA Nº 647/90
ART.1º) Toda atención a
ART.2º) Comuníquese, Publíquese, Regístrese.
Dado en Sala del Concejo Deliberante, Agosto 31 de 1.990
Presidente: Nicolas Oliva
Secretaria: Victor Mautone