VISTO:
El Expte. Nº 6763/88, 7637/89 y el Expte. F – 163-9 (interno) de la Empresa Transporte Va. Gdor. Gálvez S.R.L. sobre costo de la prestación de servicios de recolección de residuos domiciliario, y
CONSIDERANDO:
Que resulta procedente conforme los estudios arribados por las áreas técnicas y que existe un desfasaje entre lo percibido por la Empresa recolectora de residuos y los costos que la misma debe enfrentar.
Se considera además que los mismos vienen de arrastre desde hace una tiempo considerable, los cuales con el transcurso del tiempo se hacen insostenibles, habiendo la empresa continuado con la prestación del servicios.
Por todo ello el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:
ORDENANZA Nº 673/91
ART.1º) Establecer un reajuste que lleve el pago del servicio de recolección de residuos domiciliarios a A 91.725.599 ( Australes: Noventa y Un Millones Setecientos Veinticinco Mil Quinientos Noventa y Nueve ) mensuales, desde el Mes de Octubre de 1.990.
ART.2º) Manténgase como parámetro de ajuste la fórmula establecida en el Contrato original y las Condiciones Generales del Pliego Licitatorio llamada fórmula polinómica a partir de Octubre de 1.990.
ART.3º) Comuníquese, Publíquese, Regístrese.
Dado en Sala del Concejo Deliberante, 17 de Enero de 1.991.
Presidente: Hector Medizza
Secretaria: Victor Mautone