VISTO:
El estado lamentable que se encuentra nuestra Avda. San Martín en toda su extensión, y
CONSIDERANDO:
Que el tráfico en dicha Avda. es sumamente intenso, pero que fundamentalmente la cantidad de ciclistas y motociclistas que circulan por la zona están poniendo en peligro sus vidas, a tal punto que han ocurrido numerosos accidentes contabilizándose varias muertes en estos últimos tiempos.
Por todo ello el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:
ORDENANZA Nº 684/91
ART.1º) Se proceda en forma inmediata al arreglo y bacheo de la calle San Martín entre el Puente Molino Blanco y Bº La Esperanza.
ART.2º) Considerando que se trata de una calle ancha con banquinas amplias en gran parte de us trayecto estudiar la posibilidad de crear una senda para bicicletas y motocicletas en las mismas.
ART.3º) El gasto que demande la compra de los materiales, siempre que no supere el monto autorizado para compra directa ( en cuyo caso correspondería efectuar el correspondiente Llamado a Licitación ) se imputará a Rentas Generales.
ART.4º) Comuníquese, Publíquese, Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 04 de Marzo de 1.991.
Presidente: Juan Carlos Cabos
Secretaria: Victor Mautone