VISTO:
La escasa iluminación que se percata en todo el trayecto del Camino al Cementerio, y
CONSIDERANDO:
Que la calle Granaderos a Caballo – Suipacha ( Camino al Cementerio ) es transitada muy asiduamente por empresas fúnebres, el transporte urbano y transeúntes que se desplazan para llegar a sus hogares, lugares de trabajo o ir al Cementerio local.
Que es indispensable que el Departamento Ejecutivo se aboque a realizar la obra de iluminación en todo el trayecto que comienza en calle Buenos Aires, ya que cuando llega las horas de la tarde es imposible circular por la escasa iluminación que posee ese sector.
Además dicho camino es vía de acceso a
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:
ORDENANZA Nº 749/92
ART.1º) Procédase a iluminar el trayecto de calle Granaderos a Caballo – Suipacha desde Bs. As. hasta la calle San Martín ( Ruta Pcial. 22-S ), con columnas de siete metros de alto desde el nivel del piso, brazos de 1,80 metros a dos metros y lámparas de sodio de 360 W. La distancia entre la columnas será de treinta metros.
ART.2º) Los gastos que demanden lo especificado en el Art. anterior será imputado a Rentas Generales.
ART.3º) Comuníquese, Publíquese, Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, Junio 04 1992.
Presidente: Manuel Casteleiro
Secretaria: Ismael Brea