VISTO:
1) La nota presentada en fecha 17 de diciembre de 1992 por el Socio Gerente de la empresa de Transporte Urbano de Pasajeros de Villa Gobernador Gálvez Ing. Mosconi S.R.L solicitando un trato igualitario con las empresas homogéneas de la ciudad de Rosario en lo referente a la extensión de servicios que a estas empresas se les ha autorizado mediante convenio suscripto entre ambos Municipios, haciendo constar que esa empresa se encuentra en condiciones operativas para llevar los pasajeros de Villa Gdor. Gálvez hasta la ciudad de Rosario y recíprocamente en unidades modelos 1992 y 1993 ingresando a la vecina localidad con una frecuencia de 5 y 7 minutos con una tarifa igual a la del Transporte Urbano de Villa Gobernador Gálvez de pesos treinta y cinco centavos ($0,35), realizando los recorridos actuales ambas líneas (negra y verde) ingresando a la ciudad de Rosario con un trazado que no afectará al T.U.P. de esa ciudad.
2) La nota ampliatoria presentada por la empresa Ing. Enrique Mosconi S.R.L. en fecha 22/01/92 donde hace constar el recorrido estimativo dentro del éjido urbano de la ciudad de Rosario: Ida: Villa Gobernador Gálvez, Av. Del Rosario, Cepeda, Gutierrez, Grandoli, Uriburu, Presidente Roca, San Luis, Laprida, San Juan; Regreso: San Juan , Paraguay, Uriburu, Grandoli, Lamadrid, Pedernera, Av. Del Rosario, Villa Gobernador Gálvez. Y el Ofrecimiento por parte de la empresa en beneficiar a los estudiantes que asisten a colegios de nuestra ciudad y de Rosario con el descuenta del 64,3% a los alumnos primarios y del 50,5% a los secundarios mediante abonos mensuales.
3) El convenio celebrado el 16/03/92 entre ambos Municipios referido a la extensión de líneas del Transporte Urbano de Pasajeros a aquellas empresas que llegan hasta el límite de los respectivos municipios. Homologado por
4)
CONSIDERANDO:
Que es función propia del Concejo deliberante la de Legislar en materia de Transporte urbano de pasajeros y su funcionamiento, garantizando un servicio adecuado y que beneficie a la comunidad toda.
Que al formar parte esta ciudad del Gran Rosario, gran cantidad de vecinos se traslada en forma periódica hacia la ciudad de Rosario y a la inversa la misma situación se da respecto a gran cantidad de trabajadores que con domicilio en Rosario se trasladan a cumplir sus tareas en industrias y reparticiones locales, por lo que resulta muy beneficioso para tosa esta gran masa de vecinos y trabajadores el precio del boleto en $0,35 ofrecido por la empresa Ing. Enrique Mosconi S.R.L. para la prestación del servicio.
Que también resulta altamente beneficioso para los escolares que asisten a colegios de ambas ciudades la bonificación que sobre el precio del boleto ofrece la referida empresa para los mismos, desde que el alumno primario abonaría el 35,7% y el secundario el 49,5% del precio del boleto mediante abonos mensuales.
Que por cláusula segunda del convenio de fecha 16/03/92 los representantes del ejecutivo de las municipalidades de Rosario y Villa Gobernador Gálvez autorizan la extensión de los servicio de las líneas de transporte que llegan hasta el límite de los respectivos municipios.
Que posteriormente en fecha 10/12/92 la legislatura de
Que de no darse trato igualitario a la empresa Ing. Mosconi con respecto a sus homogéneas de Rosario se le estaría causando u gravísimo e irreparable perjuicio patrimonial y se la estaría condenando a una segura extinción con las lógicas consecuencias de pérdida de trabajo para vecinos de esta ciudad, sin otorgarle igual franquicia a la empresa Gral. Mosconi, para que la misma pueda ingresar a Rosario, provocaría una merma del corte de boleto de esta empresa en un alto porcentaje, debido a que evidentemente los pasajeros que hoy utilizan sus servicios para llegar al límite del municipio y allí ascender a lineas de Rosario en su cabecera no lo harán más ni a la ida ni a al regreso desde que les resultará mucho mas conveniente utilizar las lineas que los llevarán y traerán en forma directa hacia y desde Rosario.
Por todo ello el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:
ORDENANZA Nº811/93
Art.1) Autorizase a la empresa de Transporte Urbano de Pasajeros
Ing. Enrique Mosconi S.R.L., concesionaria de las lineas bandera Negra y Verde a que extienda su recorrido hasta la ciudad de Rosario, en virtud de la legislación y Convenios expuestos en los vistos y considerandos.
Art.2) Comuníquese, Publíquese, Regístrese.
Dado en Sala de Concejo Deliberante, 28 de Enero de 1993.
Presidente: Manuel Casteleiro
Pro Secretaria: Victoria Beloni