VISTO:
El Derecho de Registro e Inspección y lo previsto en
CONSIDERANDO:
Que es necesario implementar el cobro del 1er. Período Mensual correspondiente al mes de Enero de 1993.
Por todo ello el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba la siguiente:
ORDENANZA Nº813/93
Art.1º) Emítase el 1er. Período Mensual del Derecho de Registro e
Inspección, correspondiente al período Enero/93 con los mismos valores que rigieron según Ordenanza Tributaria Nº 804/92 .
Art.2º) Fíjese como vencimiento del 1er. Período Mensual el día 10 de Febrero de 1993.
Art.3º) Comuníquese, Publíquese, Regístrese.
Dado en Sala del Concejo Deliberante, 9 de Febrero de 1993.
Presidente: Manuel Casteleiro
Pro Secretaria: Victoria Beloni