Ord. 0818/93 Tercer Anticipo Mensual Tasa Gral. Inmueble 1993. -Venc. 10/04/93.

VISTO:

La tasa General de Inmueble y lo previsto en la  Ordenanza Nº 805/92 , y

 

CONSIDERANDO:

Que es necesario implementar el cobro del 3º Período  fiscal Marzo de 1993.

Por todo ello el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba la siguiente:

 

 

ORDENANZA  Nº818/93

 

 

Art.1º) Determínase el cobro del 3º Período Fiscal de la Tasa General  de  Inmuebles correspondiente al mes  de  Marzo  de 1993, con los mismos valores que rigieron para el  Período Fiscal Febrero/93.

 

Art.2º) Fíjase como vencimiento del 3º Período Fiscal Marzo/93 el día 10 de Abril de 1993.

 

Art.3º) Comuníquese, Publíquese, Regístrese.

 

Dado en Sala del Concejo Deliberante, Marzo 13 de 1993.-

 

 

Presidente: Manuel Casteleiro

Pro Secretaria: Victoria Beloni

 

 

 

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