VISTO:
El Derecho de Registro e Inspección previsto en
CONSIDERANDO:
Que es necesario implementar el cobro del 3º Período fiscal Marzo de 1993.
Por todo ello el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba la siguiente:
Art.1º) Determínase el cobro del 3º Período Fiscal del Derecho de Registro e Inspección correspondiente al mes de Marzo/93, con los mismos valores que rigieron para el Período Fiscal Febrero/93.
Art.2º) Fíjase como vencimiento del 3º Período Fiscal Marzo/93 el día 10 de Abril de 1993.
Art.3º) Comuníquese, Publíquese, Regístrese.
Dado en Sala del Concejo Deliberante, Marzo 13 de 1993.
Presidente: Manuel Casteleiro
Pro Secretaria: Victoria Beloni