VISTO:
La peligrosidad en Av. San Martín a la altura del barrio
CONSIDERANDO:
Que es necesario disminuir la velocidad en ese sector.
Que se han ocasionado numerosos accidentes y como consecuencias de ellos algunas muertes.
El peligro constante en la época escolar dado por el cruce incesante de los niños -Escuela 1117, Rafael Obligado.
Por todo ello el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:
ORDENANZA Nº 830/93
Art.1º) Instálese un semáforo en la intersección de Av. San Martín y Av. Peñaloza.
Art.2º) Constrúyase dos lomas de aproximadamente 1,50Mts. de base, las que serán ubicadas en:
– Av. San Martín y Río Paraná.
– Av. San Martín y Esperanza.
Art.3º) Señalícese en cada caso las lomas con carteles indicadores a 200Mts., 100Mts. y 20Mts. antes de las salientes pavimentadas.
Art.4º) Comuníquese, Publíquese, Regístrese.
Dado en Sala del Concejo Deliberante, 29 de Abril de 1993.
Presidente: Magdalena Sarache
Pro Secretaria: Victoria Beloni