Ord. 0858/93 Facul. Dpto. Ejec. Mun. Adh. En Todos Sus Térm. A La Decl. De Emerg. Económica

VISTO:

El Expte. Nº 349/93; solicitud remitida por el Departamento Ejecutivo  de Prórroga de la Emergencia Económica y  Administrativa, y

 

CONSIDERANDO: Que  este Cuerpo en Sesión de fecha Julio 8 del  corriente año,  ha  dado  tratamiento y aprobación  al  Dictamen  de presupuesto  y Hacienda el cual expresa que  se  comparten los  argumentos  vertidos por el Superior Gobierno  de  la Provincia de Santa Fe, al promulgar el Decreto Nº 4.449 por el que se prorroga la Declaración de Emergencia  Económica y Administrativa dentro del ámbito de la Pcia. de Santa Fe en virtud de la facultad que le otorga el Art.2º de la ley Pcial Nº 10.798

Por todo ello el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:

 

 

ORDENANZA  Nº 858/93

 

 

ART.1º) Facúltese al Departamento Ejecutivo Municipal  a  adherir  en todos sus términos a la prórroga, por el término de  un año  a partir del veinticinco (25) de enero de 1993 de  la Declaración  de  Emergencia  Económica  y   Administrativa dispuesto por el Superior Gobierno de la Provincia, encuadrándose en le régimen de la Ley Nº 10.798

 

ART.2º) Facúltese al Departamento Ejecutivo Municipal a  reglamentar y aplicar la presente norma.

 

ART.3º) Comuníquese, Publíquese, Regístrese.

 

Dado en Sala de Concejo Deliberante, 8 de Julio 1993.

 

 

Presidente: Magdalena Sarache

Secretaria: Nestor Espinoza

 

 

 

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