Ord. 0871/93 Deneg. Ped. Exim. Tasa Presentado Por U. Trab. Gastr. Y Otorg. Plan De Pago.

VISTO:

El  expte Nº 163/92, por el cual la Unión de  trabajadores Gastronómicos solicitara medida exceptiva para el no  pago de tasas referido al panteón social ubicado en el cementerio San Lorenzo de nuestra ciudad.

La Ordenanza Nº 619/90 por la cual se instituyó el código tributario Municipal, y

 

CONSIDERANDO: Que el pedido de eximisión no esta contemplado expresa, ni tácitamente en la instrumentación legal.

Que es conveniente encontrar una fórmula financiera  potable,  la cual contemple tanto de la integridad de  la  Hacienda de erogación cuanto el fin social del recurrente.

Por todo ello el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:

 

 

ORDENANZA  Nº 871/93

 

 

ART.1º) Deniégase  el pedido de eximisión de tasa presentado  por  La  Unión  de Trabajadores  Gastronómicos,  tramitado  por expte. Nº 163/92.

 

ART.2º) Otórgase por única vez un plan de facilidades de pago  al  que  podrá acceder el recurrente por la totalidad  de  las obligaciones tributarias pendientes y no prescriptas.

 

ART.3º) El plan de pago antes mencionado será de hasta 24  cuotas  mensuales  con  interés del 1% sobre  saldo,  debiendo  el solicitante hacer uso de esta opción hasta 15 días después de haberle sido comunicado fehacientemente por el DEPARTAMENTO EJECUTIVO MUNICIPAL, fecha tras lo cual caducará  la posibilidad otorgada.

 

ART.4º) Autorízase  al DEPARTAMENTO EJECUTIVO MUNICIPAL para  que  el área correspondiente dé cumplimiento a la presente.

 

ART.5) Comuníquese, Publíquese, Regístrese.

 

Dado en Sala de Concejo Deliberante, Julio 22, 1993.

 

 

Presidente: Magdalena Sarache

Secretaria: Nestor Espinoza

 

 

 

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