Ord. 0873/93 AdecuaciĆ³n De Las Ordenanza 844/93 Y 845/93, ActualizaciĆ³n Catastral…

VISTO:

Que  se encuentran vigentes las Ordenanzas 844/93 y 845/93 ,  las  que preveen  la verificaciĆ³n de infracciones a la Ley 10.963 y llamado  a concurso pĆŗblico de titulo y antecedentes por el otorgamiento  concesiĆ³n actualizaciĆ³n territorial, y

 

CONSIDERANDO:

 Que  es  necesario  adecuar el texto de los  articulados  de  dichas Ordenanzas  a fin posibilitar al Departamento ejecutivo Municipal  la concreciĆ³n de los objetivos previstos en las mismas.

 Por  todo  ello el Concejo Deliberante en uso  de  sus  atribuciones sanciona la siguiente:

 

 

ORDENANZA NĀŗ 873/93

 

 

ART.1Āŗ) Se proceda a adecuar las Ordenanzas 844/93 y 845/93 las   que quedarĆ”n  redactadas en su articulado de la siguiente forma.

 

ART.2Āŗ)        ORDENANZA 844/93 (Nuevo texto)

 

 ART.1Āŗ) Proceder a verificar la situaciĆ³n de los inmuebles  ubicados dentro  del ejido Municipal de la ciudad de Villa Gobernador  GĆ”lvez, pertenecientes a personas fĆ­sicas o jurĆ­dicas, de carĆ”cter pĆŗblico  o privado  que  tengan desactualizados el plano de  obra  de  Edificios nuevos, ampliaciones y/o refacciones de las denuncias primitivas, con la correspondiente recategorizaciĆ³n como  consecuencia de la incorporaciĆ³n de mejoras, las que se deberĆ”n ajustarse a las valuaciones que se practiquen.

 

ART.2Āŗ)  Ordenar  una campaƱa para la detecciĆ³n de  las  infracciones aludidas en el artĆ­culo anterior y notificar formalmente que  vencido el  plazo establecido en la ley 10.963 de presentaciĆ³n espontĆ”nea  en lo  relativo  a la DeclaraciĆ³n Jurada de Mejoras y  Obras  Nuevas  se actuarĆ”  de  conformidad a lo que establece el  reglamento  Uno,  que forma parte del presente instrumento legal.

 

 ART.3Āŗ)  La  Intendencia Municipal determinarĆ”  por  resoluciĆ³n  los aspectos  imprevistos  y  el desarrollo, cronograma y  plazos  de  la presente Ordenanza, dando conocimiento al cuerpo legislativo.

 

ART.4Āŗ) De forma.


ORDENANZA NĀŗ 844/93

 

REGLAMENTO UNO

 

PRIMERA: Objeto: Las  clĆ”usulas  de este Reglamento Uno  corresponde    a  lo  expresado en el Art. 2Āŗ de al Ordenanza NĀŗ 844/93 lo que respecta  a: 1) La incorporaciĆ³n de mejoras al catastro provincial en cumplimiento de ley Provincial 10.963.

 

SEGUNDA: InspecciĆ³n:  A los efectos de comprobar la situaciĆ³n de    los  inmue bles situados dentro del ejido municipal, atento a lo expresado en la clĆ”usula  primera, se constatarĆ” si la superficie cubierta  existente en el inmueble coincide con la que figura en el Ćŗltimo padrĆ³n inmobiliario, asĆ­ como si se hubieren producido variaciones en la categorĆ­a de lo edificado.

 

TERCERA: ComprobaciĆ³n: Verificada la infracciĆ³n se procederĆ” a   notificar  la  misma al propietario o poseedor a efectos de regularizaciĆ³n.

 

CUARTA:  PresentaciĆ³n  EspontĆ”nea: Dentro del tĆ©rmino establecido   en la  ley  10.963 para la DeclaraciĆ³n Jurada de Mejoras y Obras Nuevas no declaradas, los contribuyentes podrĆ”n beneficiarse presentĆ”ndose  espontĆ”neamente a regularizar su situaciĆ³n.

 

QUINTA: ActuaciĆ³n de Oficio: Transcurridos los tĆ©rminos para la presentaciĆ³n espontĆ”nea  determinados  en la clĆ”usula anterior se procederĆ”  a  la verificaciĆ³n de oficio de todos los contribuyentes que no se hubieren presentado en forma espontĆ”nea.

 

SEXTA: VerificaciĆ³n  y Relevamiento de Oficio: La inspecciĆ³n   verificarĆ”  en  dicho acto de oficio la subsistencia de los datos catastrales  obrantes en el padrĆ³n Inmobiliario Provincial y procederĆ” a su  actualizaciĆ³n. De verificarse la falta de declaraciĆ³n de mejoras, se realizarĆ” segĆŗn  corresponda  un  relevamiento expeditivo  de  las  superficies cubiertas  evadidas,  amparada la autoridad local en el poder  de  la policĆ­a catastral. En el mismo acto se determinarĆ”n las categorĆ­as de las superficies relevadas.

 

SEPTIMA: A  los  Inspectores:  Al concurrir a  inspeccionar  un  inmueble,  en  cumplimiento de las clĆ”usulas anteriores y en funciĆ³n de la  facultad delegada al personal actuante del poder de policĆ­a catastral, atributo del municipio, munidos del carnet identificatorio que extenderĆ” la Municipalidad  para su obligatoria exhibiciĆ³n al  contribuyente,  los titulares  de los inmuebles deberĆ”n facilitar el acceso a  los  mimos para  la  realizaciĆ³n de las inspecciones de  comprobaciĆ³n,  debiendo facilitarles todos los elementos que el inspector les solicite.  Toda actuaciĆ³n  se  llevarĆ” a cabo dentro de los dĆ­as y horas  de  trabajo prefijados por el Municipio, sin perjuicio de actuar en otros dĆ­as  y horarios  fijados de comĆŗn acuerdo entre la inspecciĆ³n y  el  titular del inmueble.

 

 OCTAVA: Dificultad  para  ingresar  a la InspecciĆ³n: Si  al  concurrir  a  la  inspecciĆ³n del inmueble Ć©ste aparentarĆ” hallarse sin habitantes o  si mediare  una oposiciĆ³n para cumplir con el cometido que  persigue  la Ordenanza  y esta reglamentaciĆ³n, el inspector deberĆ”  hacer  constar dicho impedimento en Acta, refrendada por dos testigos, y las  actuaciones proseguirĆ”n conforme corresponda.

 

NOVENA: Casos no contemplados: Todo aquello que no hubiere sido  incluido  en  esta reglamentaciĆ³n serĆ” resuelto acorde a lo que determine el Ejecutivo Municipal.

 

 

 

ART.3Āŗ)       ORDENANZA 845/93   (Nuevo Texto)

 

 ART.1Āŗ) Llamar a concurso pĆŗblico de TĆ­tulos y antecedentes  para  el otorgamiento de la concesiĆ³n referida  a  la actualizaciĆ³n de la mejoras detectadas e incorporaciĆ³n  de las  mismas al catastro provincial en cumplimiento  de  la ley  Provincial  NĀŗ10.963 y cualquier otro  rubro  que  la Intendencia Municipal considere necesario para la actualizaciĆ³n del Catastro Municipal en las misma condiciones que se  establezcan y contraten las precedentes  debiendo  las mismas estar perfectamente individualizadas  al momento de hacer  pĆŗblico  el llamado a concurso,  como  asĆ­  tambiĆ©n guardar una estrecha y directa vinculaciĆ³n con los objetivos generales y particulares de la tarea de relevamiento.

 

 ART.2Āŗ)  La presente convocatoria se ajustarĆ” al  “Pliego de bases y condiciones”, que como anexo A, forma parte  de la presente Ordenanza.

 

 ART.3Āŗ) La Intendencia Municipal determinarĆ” por  resoluciĆ³n  el cronograma y plazos que hacen al  desarrollo  del presente concurso.

 

 ART.4Āŗ) De Forma.

 

 

 

 


ANEXO A

 

PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES LEGALES

 

 

ART.1Āŗ) Convocatoria a concurso de TĆ­tulos y Antecedentes.

 

         1.1 La Municipalidad de la ciudad de Villa Gobernador GĆ”lvez convoca a concurso de TĆ­tulos y Antecedentes para el otorgamiento  de la concesiĆ³n referida a la actualizaciĆ³n de las mejoras detectadas  e incorporaciĆ³n de las mismas al catastro provincial en cumplimiento de la ley provincial NĀŗ10.963

 

ART.2Āŗ) ClĆ”usulas generales de la licitaciĆ³n:

 

         2.1 Los servicios que se liciten, contraten y ejecuten,  referidos a este pliego, se someterĆ”n a un orden legal de prelaciĆ³n establecido en el mismo o en documentaciĆ³n adjunta vinculada.

Los distintos documentos de los contratos se complementarĆ”n entre sĆ­, de  manera que cualquier omisiĆ³n de uno de ellos quedarĆ” salvada  por su referencia en el otro.

A todas las actuaciones no previstas, expresa o implĆ­citamente en  el presente  pliego de bases y condiciones, las partes se sujetan  a  lo normado  por  el CĆ³digo Civil y las leyes nacionales  y  provinciales pertinentes.

         2.2 TĆ©rminos: En el texto de este pliego, y en toda otra documentaciĆ³n contractual correspondiente, se emplearĆ”n los  siguientes tĆ©rminos, y serĆ”n entendidos en adelante como aquĆ­ se indica:

              Provincia……………..Prov. de Santa FĆ©

              Municipalidad…………..Munic. de Villa  Gobernador GĆ”lvez

              Intendente……………..Intend.Munic. de Villa  Gobernador  GĆ”lvez

              Auditoria  TĆ©cnica……….Es la  InstituciĆ³n  creada por la Municipalidad para la fiscalizaciĆ³n de los trabajos, centralizada en el Auditor TĆ©cnico.

              Contratista……………Es la persona o  personas, con entidad jurĆ­dica, a quien se adjudica la licitaciĆ³n.

              Director TĆ©cnico………..Es el profesional habilitado, designado por el contratista, para representarlo en las operaciones y gestiones tĆ©cnicas, asĆ­ como en la conducciĆ³n de los trabajos.

              Auxiliar TĆ©cnico………..Es el profesional habilitado para actuar en ausencia del Director TĆ©cnico, pudiendo asistir  un tĆ©cnico para cada especialidad licitada.

              Legajo…………………SerĆ” la documentaciĆ³n integrada por este pliego y toda otra documentaciĆ³n que se anexe  solidariamente al mismo como parte legal complementaria.

              Propuesta………………Es  la  oferta  de  precios presentada por el proponente, en el acto de licitaciĆ³n, dentro de las condiciones que este pliego estipule.

         2.3 Sistemas de contrataciĆ³n: Los servicios que se contraten se regirĆ”n por las disposiciones indicadas en este pliego y en su documentaciĆ³n legal y tĆ©cnica anexa.

         2.4 Junta Evaluadora Municipal: EstarĆ” integrada por el funcionario municipal designado por la Intendencia como presidente de la misma,  sus colaboradores directos en caso de ser necesarios,  y  los responsables mĆ”ximos de las SecretarĆ­as respectivas.

 

ART.3Āŗ) Concurso PĆŗblico de TĆ­tulos y Antecedentes:

 

         3.1 AdquisiciĆ³n del pliego: El pliego se encontrarĆ” para  su adquisiciĆ³n,  en  el  lugar que se indique en el  aviso  oficial  del Concurso PĆŗblico de TĆ­tulos y Antecedentes hasta el tercer dĆ­a  hĆ”bil anterior a la fecha del Concurso.

En el momento de adquirir el pliego se deberĆ” fijar domicilio  dentro del  ejido urbano de la ciudad de Villa Gobernador GĆ”lvez para  posibles notificaciones.

         3.2 Aclaraciones: Los adquirentes del pliego podrĆ”n  solicitar aclaraciones por escrito del mismo, hasta el mismo dĆ­a de  cierre de la adquisiciĆ³n del pliego.

La  Municipalidad a su vez, podrĆ” contestar las aclaraciones por  escrito dentro del tiempo y forma que disponga. Dichas aclaraciones  se considerarĆ”n conocidas por todos los oferentes.

         3.3 Informaciones que debe poseer el oferente: La  presentaciĆ³n  de una propuesta significa que el oferente conoce el texto  del pliego, que estĆ” informado como para efectuar su oferta, y tener  una exacta apreciaciĆ³n de la naturaleza de los trabajos, sus  caracterĆ­sticas, dificultades y su costo.

         3.4 Forma de presentar una propuesta: La propuesta serĆ” presentada en el lugar designado a ese fin, hasta la fecha y hora  indicada para ello, en el lugar que designen los avisos oficiales.

Todos los elementos que configuran la propuesta deberĆ”n ser  firmados por el oferente y el Director TĆ©cnico respectivo.

         3.5  Recibo  de la propuesta: Toda propuesta  presentada  en tiempo y forma recibirĆ” un recibo de recepciĆ³n.

La  Municipalidad no se responsabiliza por pĆ©rdidas o sustracciĆ³n  de recibo  que alegare un oferente, debiendo tener el mismo  constancia vĆ”lida de haber presentado una propuesta.

         3.6 Apertura de la propuesta: En el lugar, dĆ­a y hora  establecido por el aviso del Concurso de TĆ­tulos y Antecedentes, o en  el dĆ­a  inmediato  siguiente si aquel o  posteriores  fueran  declarados feriados  o asueto administrativo, se darĆ” comienzo al acto del  Concurso,  que  serĆ” presidido por el funcionario que  la  Municipalidad designe a ese Ćŗnico efecto.

Cumplida  la hora fijada en el pliego para la iniciaciĆ³n del acto,  y una vez comenzado el mismo no se aceptarĆ”n sugerencias sobre las  caracterĆ­sticas del acto.

El aplazamiento de la hora fijada para la apertura por quien presidirĆ”  el  Concurso,  u otra autoridad delegada,  serĆ”  posible  dejando constancia  de ello en un acta que refrendarĆ”n los representantes  de la  Municipalidad  y  oferentes presentes, y tal  situaciĆ³n  no  darĆ” derecho a nuevas presentaciones ni reclamos por parte de los  oferentes.

         3.7  PresentaciĆ³n de la oferta: Todo oferente presentarĆ”  su oferta  en dos (2) sobres cerrados identificados como uno (1)  y  dos (2) en cuyo exterior se identificarĆ” el nombre de la contratista  que se  postula como oferente y el detalle de la documentaciĆ³n que  exige este pliego para cada sobre.

         3.8 Sobre Uno (1): El Sobre Uno (1) contendrĆ”:

         3.8.1  Constancia de haber adquirido el pliego dada  por  la Municipalidad.

         3.8.2  La declaraciĆ³n jurada del oferente en la  cual  manifieste que conoce Ć­ntegramente el pliego y se somete a las  condiciones establecidas, dicha declaraciĆ³n serĆ” subscripta por el proponente y el Director TĆ©cnico.

         3.8.3  DeclaraciĆ³n jurada de que Ć©l o los signatarios de  la propuesta  estĆ”n suficientemente habilitado legalmente para  efectuar la presentaciĆ³n, y que la persona si es jurĆ­dica se encuentra debidamente inscripta.

         3.8.4 El domicilio legal del oferente constituido en el Ć”rea municipal.

         3.8.5 DeclaraciĆ³n jurada de la nĆ³mina de servicios  realizados o en ejecuciĆ³n por el oferente o su cuerpo tĆ©cnico.

         3.8.6 DesignaciĆ³n y currĆ­culum vitae del Director TĆ©cnico.

         3.8.7 Antecedentes de los profesionales, tĆ©cnicos y personal que integrarĆ” el plantel de la firma oferente.

         3.8.8  Informes de interĆ©s y otros como referencia del  oferente.

         3.9 Sobre Dos (2): El Sobre Dos (2) contendrĆ”:

         3.9.1 La propuesta del oferente para prestar los servicios.

         3.9.2 Propuesta econĆ³mico financiera, costos, plazos y  condiciones aplicables al servicio.

         3.9.3 Propuesta de contrato.

         3.9.4 Diagrama de marcha de los trabajos a realizar.

         3.9.5 Plazo de ejecuciĆ³n para cada Ć­tem.

         3.9.6 Propuesta de garantĆ­a a otorgar, a constituirse  sobre bienes  registrables, y cuyo monto estarĆ” en relaciĆ³n directa y  proporcional a la propuesta econĆ³mica-financiera, costos y financiamiento.

         3.9.7 Cantidad estimada de personal a emplear y categorĆ­a de los mismos.

         3.10  Desarrollo del acto del Concurso de TĆ­tulos y  Antecedentes: En la fecha fijada en el llamado a concurso se procederĆ” a la apertura de las ofertas, siendo presidido el acto por aquel funcionario  municipal designado por el Departamento Ejecutivo a tal  efecto, como  asĆ­  tambiĆ©n  integrarĆ” el mismo la SecretarĆ­a  de  Hacienda  a travĆ©s  de su responsable mĆ”ximo. El procedimiento a observar  en  la apertura de ofertas serĆ” el siguiente:

         3.10.1 Se abrirĆ” por la Presidencia los Sobres NĀŗ Uno (1)  y se verificarĆ” en cada uno de ellos si contiene la documentaciĆ³n  exi-gida en el Ć­tem 3.8 de este pliego, rechazĆ”ndose en el acto las ofertas que carezcan de cualquiera de los elementos exigidos.

         3.10.2  Se labrarĆ” un Acta donde consignarĆ”, lugar  y  fecha donde se constituye la Presidencia para examinar los Sobres,  oferentes comparecientes, se indicarĆ”n las ofertas rechazadas por las  causadas fijadas en este pliego o de gravedad superior. Se invitarĆ”, dejando constancia en el Acta, a los presentes a que examinen la  documentaciĆ³n y si hubiere alguna observaciĆ³n se dejarĆ” constancia en  la misma,  y en el caso de no existir observaciones se asentarĆ” tal  situaciĆ³n.  Pasada esa etapa no se podrĆ”n formular objeciones sobre la instancia anterior o referida a ella. Finalmente, previa lectura ante los presentes del Concurso, se invitarĆ” a firmarla a los presentes que hubieren presentado observaciones y otros que los deseen, y  serĆ” refrendado por el funcionario Municipal designado como Presidente del acto,  el Secretario de Hacienda y los presentes que asĆ­  lo  deseen, dĆ”ndose por clausurado el acto.

         3.10.3 Los Sobres NĀŗ Uno (1) quedarĆ”n en poder de la  Presidencia, a disposiciĆ³n de las autoridades  municipales, para el  estudio  de sus elementos, y podrĆ” rechazar aquellas propuestas con  omisiones no detectadas en la apertura, considerando las observaciones o impugnaciones  formuladas, y precalificarĆ” a los oferentes. La  decisiĆ³n municipal referente a la precalificaciĆ³n de cualquier proponente es  privativa  no estando sujeta a apelaciĆ³n ni recursos  posteriores de ninguna clase.

         3.10.4 La precalificaciĆ³n serĆ” tratada con dictamen del funcionario municipal designado como presidente, el que podrĆ” ser  asistido por idĆ³neos en el tema, como asĆ­ tambiĆ©n deberĆ” obrar el  pertinente  informe acorde a su esfera de competencia y  entendimiento  de los responsables mĆ”ximos de las Ć”reas de TopografĆ­a y Catastro,  ContadurĆ­a General y Tributos, las conclusiones a las que arribe la Junta Evaluadora Municipal serĆ” comunicada fehacientemente a cada proponente.

Los  Sobres NĀŗ Dos (2) serĆ”n depositados en la Municipalidad a  cargo de la Junta Evaluadora Municipal, pero los mismos se cerrarĆ”n  dentro de un sobre cerrado, lacrado y firmado por los presentes.

En ese acto se comunicarĆ” a los oferentes el lugar, dĆ­a y hora de  la apertura de los Sobres NĀŗ Dos (2).

         3.10.5  La apertura de los Sobres NĀŗ Dos (2),  se  efectuarĆ” con la Presidencia del funcionario que presidiera la apertura de  los Sobres NĀŗ Uno (1), o por disposiciĆ³n superior, ante el designado Junta Evaluadora Municipal. En el acto se labrarĆ” un Acta que  consignarĆ”, lugar y fecha donde se constituya la apertura, e instancias  posteriores.

Al acto podrĆ”n concurrir los oferentes, y en tal oportunidad se abrirĆ”n solamente los Sobres NĀŗ Dos (2) de aquellos oferentes que  hubieren sido precalificados. Los Sobres NĀŗ Dos (2) restantes, que no  entraron en la precalificaciĆ³n, serĆ”n devueltos sin abrir, y si el oferente no se encontrase presente, podrĆ” retirarlo de la Junta  Evaluadora Municipal dentro de los diez (10) dĆ­as siguientes, y luego serĆ”n enviados al Archivo.

         3.11 Criterios para la PrecalificaciĆ³n: El contenido del Sobre NĀŗ  Uno (1) serĆ” estudiado por la Junta Evaluadora Municipal,  la que  dentro de un plazo no mayor de siete (7) dĆ­as  hĆ”biles  contados desde la fecha de la apertura de dichos sobres deberĆ” expedirse  precalificando a las propuestas de acuerdo a:

         3.11.1  No  serĆ”n precalificados aquellos oferentes  que  no acrediten haber participado como Empresa o su personal tĆ©cnico en una prestaciĆ³n de servicios  semejante, siendo la antigĆ¼edad de los antecedentes no mayor a cinco (5) aƱos.

         3.11.2 No serĆ”n precalificados los oferentes que a juicio de la  Junta Evaluadora Municipal, permitan inferir que no  cuentan  con capacidad mĆ­nima para encarar el servicio.

         3.12  DescalificaciĆ³n de propuestas:  SerĆ”n   descalificadas las propuestas en las que se compruebe:

         3.12.1  Que el mismo proponente o su Director TĆ©cnico  hayan integrado otras propuestas en este concurso.

         3.12.2 Que exista acuerdo tĆ”cito entre dos o mĆ”s  concursantes o Directores TĆ©cnicos en la misma presentaciĆ³n.

         3.12.3  La inclusiĆ³n incorrecta de documentaciĆ³n  correspondiente a un sobre en otro.

         3.12.4 SerĆ”n descalificadas aquellas empresas que hayan rescindido contratos con la Municipalidad por causas imputables a la empresa.

         3.13 Puntaje: La propuesta serĆ” analizada por la Municipalidad de la ciudad de Villa Gobernador GĆ”lvez, quien se reserva el  derecho  a seleccionar a los oferentes de acuerdo con los criterios  de valuaciĆ³n que a continuaciĆ³n se detallan y forman parte de la presente Ordenanza:

         3.13.1  El contenido del Sobre NĀŗ Uno (1) serĆ”  evaluado  de acuerdo a los presentes Ć­tems hasta un mĆ”ximo de setenta (70)  puntos y  exclusivamente  referidos a el Director TĆ©cnico y  dos  auxiliares principales (como mĆ”ximo).

         3.13.2 CurrĆ­culum vitae: MĆ”ximo diez (10) puntos.

         3.13.3 TĆ­tulos afines: MĆ”ximo diez (10) puntos.

         3.13.4 Capacidad operativa y tĆ©cnica en funciĆ³n a  experiencias: MĆ”ximo veinte (20) puntos.

         3.13.5 AntigĆ¼edad en profesiĆ³n: MĆ”ximo diez (10) puntos.

         3.13.6 Especialidades: MĆ”ximo diez (10) puntos.

         3.13.7 PresentaciĆ³n primera propuesta: MĆ”ximo diez (10) puntos.

         3.13.8  El contenido del Sobre NĀŗ Dos (2) se evaluarĆ”  segĆŗn el contrato tipo presentado por los oferentes, merituando las  condiciones generales y particulares de la presentaciĆ³n. El puntaje mĆ”ximo a asignar serĆ” de treinta (30) puntos.

 


ART.4Āŗ) De la adjudicaciĆ³n y contrataciĆ³n:

 

         4.1 La Junta Evaluadora notificarĆ” los resultados de su  tarea al Concejo Deliberante, el que someterĆ” a estudio lo actuado  por la  Junta dictando ResoluciĆ³n autorizando al  Departamento  Ejecutivo Municipal adjudique la concesiĆ³n al mejor oferente.

Cumplidas las exigencias de este artĆ­culo, la Municipalidad adjudicarĆ” la concesiĆ³n al mejor oferente, comunicando tal decisiĆ³n por telegrama, debiendo el adjudicatario concurrir a la misma para firmar  el contrato respectivo.

         4.2 No concurrencia a formar y firmar el contrato: Si el adjudicatario  no concurriera a formalizar el contrato, dentro  de  los diez (10) dĆ­as corridos de la fecha de la notificaciĆ³n, la  Municipalidad podrĆ”, sin necesidad de interpelaciĆ³n judicial, dejar sin efecto la adjudicaciĆ³n.

En el supuesto anterior, y en el desestimiento de la oferta, la Municipalidad podrĆ”, a su exclusivo criterio, contratar con los restantes proponentes a efectuar un segundo llamado.

         4.3 Subcontratistas: Queda expresamente establecido que para los  trabajos que se liciten, la Municipalidad no reconocerĆ”  subcontratistas.

 

 

ART.5Āŗ)  Programas del Concurso PĆŗblico de TĆ­tulos y  Antecedentes  y CĆ³mputo de los Plazos:

         5.1 Concepto                       Cantidad de dĆ­as

         1) Publicidad de llamado                            10

         2) Venta de pliegos                                 5

         3) PresentaciĆ³n de antecedente y propuestas    15

 

El Poder Ejecutivo Municipal queda  facultado para modificar los plazos antes indicados.

         5.2  Todos los plazos de este pliego se establecen  en  dĆ­as hĆ”biles administrativos, salvo indicaciĆ³n en contrario. Si el  vencimiento  de un plazo a la fecha prevista recayese en un dĆ­a no  hĆ”bil, el mismo se efectuarĆ” en el dĆ­a hĆ”bil siguiente, a la misma hora prevista para su realizaciĆ³n.

 


ART.6Āŗ)  Publicidad del Concurso PĆŗblico de TĆ­tulos  y  Antecedentes, Venta de

Pliegos y Condiciones Generales:

         6.1 El llamado a Concurso PĆŗblico de TĆ­tulos y  Antecedentes para  el otorgamiento de la concesiĆ³n referida a la actualizaciĆ³n  de los  catastros de la Municipalidad de la ciudad de  Villa  Gobernador GĆ”lvez,  se  comunicarĆ” mediante anuncios que se  publicarĆ”n  durante dĆ­ez (10) dĆ­as seguidos en:

         6.1.1   Publicarse  en carteleras transparentes  en  lugares visibles y de fĆ”cil acceso al pĆŗblico dentro del palacio Municipal.

         6.1.2  Dos diarios de mayor circulaciĆ³n en la Provincia,  en forma alternativa.

         6.2. Los anuncios del llamado a concurso contendrĆ”n:

         6.2.1 El objeto del llamado a concurso

         6.2.2  El  lugar, fecha y hora para compra del pliego  y  su precio.

         6.2.3 El lugar y fecha para la presentaciĆ³n de las  propuestas.

         6.2.4 El lugar y fecha para la apertura de la propuesta.

         6.2.5 Todo otro dato informativo que se considere conveniente.

         6.3  Cada ejemplar del pliego se hallarĆ” foliada  y  firmado por la SecretarĆ­a de Obras y Servicios PĆŗblicos.

         6.4 Los pliegos podrĆ”n adquirirse en la Municipalidad.

         6.5 El precio de venta de cada pliego se fija en pesos cinto cincuenta ($150.-)

         6.6  SĆ³lo los que demuestran fehacientemente la  adquisiciĆ³n del  pliego, podrĆ”n efectuar presentaciones en el mismo a efectos  de ejercicio de su facultad de obtener informaciĆ³n u otras que hagan  al interĆ©s de presentaciĆ³n de ofertas, como asimismo presentar  propuestas y solicitar aclaraciones.

         6.7  El adquiriente del pliego que no  presentare  propuesta oportunamente, perderĆ” automĆ”ticamente su derecho de consulta y/o  de informaciĆ³n.

         6.8 La adquisiciĆ³n del presente pliego como asimismo la presentaciĆ³n  y recepciĆ³n de propuestas no implicarĆ” de  ninguna  manera relaciĆ³n alguna con la Municipalidad, ni obligaciĆ³n por parte de Ć©sta hacia  los adquiriente o hacia quienes hayan  presentado  propuestas, reservĆ”ndose la Municipalidad el derecho de selecciĆ³n de los mismos.

         6.9 Una vez efectuadas las selecciones por parte de la Municipalidad, Ć©ste se reserva el derecho a celebrar contrato de locaciĆ³n de obra con aquellos proponentes que a su juicio reĆŗnan los  requisitos considerados necesarios.

 

 ART.7Āŗ) De los participantes:

 

         7.1 Pueden ser participantes las personas fĆ­sicas o  jurĆ­dicas de carĆ”cter privado o pĆŗblico.

         7.2 No podrĆ”n ser participantes:

         7.2.1 Las personas jurĆ­dicas o fĆ­sicas que a tĆ­tulo personal o como integrantes de cualquier tipo de sociedad estĆ©n  inhabilitadas para contratar con la Municipalidad, o comprendidas en algunas de las causales normativas su incompatibilidad para contratar con el  estado municipal.

         7.2.2 Los fallidos o concursados mientras no obtengan su total rehabilitaciĆ³n y quienes se hallaren sujetos a un concurso o  pedido de quiebra o liquidaciĆ³n.

         7.2.3 Los condenados judicialmente con pena accesoria de inhabilitados por delito contra la propiedad, la fĆ© pĆŗblica, la  honestidad, la libertad individual, cohecho, violaciĆ³n de domicilio,  usura, usurpaciĆ³n, malversaciĆ³n de caudales pĆŗblicos y tenencia o trĆ”fico de estupefacientes.

El  impedimento  subsistirĆ” hasta que transcurran cinco (5)  aƱos  de cumplida la condena.

         7.2.4 Los funcionarios y empleados de la administraciĆ³n  pĆŗblica  municipal hasta que transcurran dos (2) aƱos del cese  de  sus funciones.

         7.2.5  Los deudores morosos del fisco municipal, por  deudas por cualquier concepto, y mientras no cancelen las mismas. EntendiĆ©ndose  como deudor moroso a aquĆ©l que no ha tributado por el lapso  de mĆ”s de un (1) aƱo.

         7.2.6  Quienes tengan un reclamo judicial  o  administrativo pendiente de resoluciĆ³n contra la Municipalidad.

         7.2.7 Los oferentes deberĆ”n acompaƱar una declaraciĆ³n jurada en  la que manifiesten que no se encuentran  comprendidos en  algunos de los impedimentos establecidos en este artĆ­culo.

 

ART.4Āŗ) ComunĆ­quese, PublĆ­quese, RegĆ­strese.

 

Dado en Sala de Concejo Deliberante, Julio 22, 1993.

 

 

Presidente: Magdalena Sarache

Secretaria: Nestor Espinoza

 

 

 

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