Ord. 0887/93 Autoriz. Dpto. Ejec. Ab. Concepto Alquiler De Dos Inm. La Suma De $300 Por C/U.

VISTO:

El  expte.412/93 remitido por el Departamento Ejecutivo  Municipal  a este  Cuerpo Deliberativo referente a la solicitud de  incremento  en los  importes de los alquileres del Tribunal de Faltas y  Dispensario 17 de Octubre efectuados por el Sr. Papalardo, Ricardo a la Municipalidad de Villa Gdor. Gálvez, y

 

CONSIDERANDO:

Que  este Concejo considera que el incremento en los importes de  los alquileres del Tribunal de Faltas y Dispensario 17 de Octubre,  solicitados por el Sr. Ricardo Papalardo en su carácter de  Administrador de  los  inmuebles  donde funcionan los mismos,  resulta  viable  por cuanto  de  acuerdo a los valores de plaza, los  montos  han  quedado desactualizados sin perjuicio, que de acuerdo a la legislación vigente si pretendiéramos mantener los valores actuales hasta la finalización de los respectivos contratos, nada se podría objetar.

En  tal sentido y siguiendo la sugerencia del Departamento  Ejecutivo (fs.3 expte.412/93) el Concejo Deliberante se comunicó por intermedio de la Inmobiliaria Papalardo con los propietarios de dichos inmuebles los  cuales  estuvieron  de acuerdo en hacerse cargo  dentro  de  los importes  a  abonarse por el alquiler, de las tasas e  impuestos  que hasta  ahora  abonaba la Municipalidad, con excepción  del  pago  por suministro de energía eléctrica, el que por ser medido deberá  seguir abonando la Municipalidad.

Por  todo  ello  el Concejo Deliberante en uso  de  sus  atribuciones sanciona la siguiente:

 

 

ORDENANZA  Nº 887/93

 

 

ART.1º) Autorízase al Departamento Ejecutivo Municipal a abonar a  partir  del  mes de Septiembre del corriente año, en concepto de alquiler la  suma de $300.- (Pesos trescientos) por el inmueble sito en calle San  Juan 826  y la suma de $300.- (Pesos trescientos) por el inmueble sito  en calle Del Valle Ibarlucea 2374.

 

ART.2º) Autorízase  al Departamento Ejecutivo a suscribir con  locadores  cláusulas accesorias en los respectivos Contratos de Locación por las que establecerá que los propietarios se harán cargo dentro de los  importes a abonarse por el alquiler, del pago de las tasas e impuestos que hasta  la fecha abonaba la Municipalidad (con excepción del pago  por suministro  de  energía  eléctrica, el cual lo  seguirá  abonando  la Municipalidad).

 

ART.3º) Comuníquese, Publíquese, Regístrese.

 

Dado en Sala de Concejo Deliberante, 27 de Agosto de 1993.

 

 

Presidente: Magdalena Sarache

Secretaria: Nestor Espinoza

 

 

 

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