Ord. 0889/93 Prohib. Tráns. Pes. Calles Ntra. Sra. De La Paz, Avellaneda, Cervantes Y Sgto. Cabral.

VISTO: Los  innumerables inconvenientes y perjuicios que  padecen los  vecinos del sector Nº 1 de Pueblo  nuevo,  comprendido entre  las  calles: Nuestra Sra. de  la  Paz;  Avellaneda; Cervantes y Sargento Cabral.

Perjuicios tales como el deterioro de los precarios  mejorados  de calles que posee el sector, rotura  de  veredas, alcantarillas y el arrastre de luminarias, producidos  por el tránsito de vehículos de carga de gran porte, y

 

CONSIDERANDO: Que  existe un paso alternativo a dicho tránsito, como  es la  Av. Juan D. Perón, desde el Frigorífico Swift hasta  la desembocadura  de la calle Córdoba, y el enlace de la  Av. Juan D. Perón con la Av. Circunvalación.

Que la mayor solidez de la mencionada es propicia para  el tránsito pesado.

Que  la  obligatoriedad del tránsito de vehículo  de  gran porte  por  el  tramo mencionado agilizará  la  entrada  y salida de camiones en dicha zona.

Por todo ello el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:

 

 

ORDENANZA  Nº 889/93

 

 

ART.1º) Prohíbese  la circulación del tránsito pesado en la  zona  comprendida  entre  las calles: Nuestra Sra.  de  la  Paz; Avellaneda; Cervantes y Sargento Cabral.

 

ART.2º) Exceptúase de esta prohibición la calle Cervantes en toda  su extensión.

 

ART.3º) Exceptúase  de esta prohibición a los vehículos de  carga  que  abastecen los comercios del sector durante  los  días Lunes a Sábados en horarios de 07:00 a 10:00Hs.

 

ART.4º) Dispóngase  la  adecuada  señalización a  los  fines  del  cumplimiento de la presente Ordenanza.

 

ART.5º) Comuníquese, Publíquese, Regístrese.

 

Dado en Sala de Concejo Deliberante, 09 de Septiembre de 1993.

 

 

Presidente: Luis Maggi

Pro Secretaria: Victoria Beloni

 

 

 

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