VISTO:
El decreto 3469/93 fechado el 26 de Noviembre de 1993, del Poder Ejecutivo Provincial, la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2756, artículo Nº 9, inc.22, y
CONSIDERANDO:
Que es necesario dictar el Acto Administrativo de adhesión al Decreto Nº 3469/93 del Poder Ejecutivo Provincial, tal lo dispuesto en el tercer y cuarto párrafo del mismo. Ellos establecen la necesidad del presente acto y su efectividad antes del 30 de Diciembre de 1993.
Que el plazo establecido para tener la oportunidad de acogerse esta Municipalidad y el Concejo Deliberante a los beneficios del mismo, esta próxima a vencer, el que una vez vencido colocará a estos Entes Públicos en una posición más gravosa frente al Estado Provincial, de resultar este último acreedor de la Municipalidad.
Por todo ello el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:
ORDENANZA Nº 927/93
ART.1º) Adhiérase al régimen del Decreto Nº 3469/93 del 26 de Noviembre de 1993, del Poder Ejecutivo Provincial, referido al Régimen Especial de Compensación de Créditos y Deudas con el Tesoro Provincial.
ART.2º) Cúmplase lo establecido en el tercer párrafo del artículo tercero, comunicándose al Ministerio de Hacienda y Finanzas de la Provincia lo dispuesto en la presente Ordenanza.
ART.3º) Facúltese al Señor Intendente Municipal a suscribir el acuerdo final de compensación de conformidad al artículo trece del Decreto para la Municipalidad y Concejo Deliberante de Villa Gdor. Gálvez.
ART.4º) Autorízase al Secretario de Hacienda Municipal a establecer los mecanismos contables y operativos necesarios para implementar las tramitaciones necesarias tendientes a la formación del acuerdo establecida en el artículo anterior.
ART.5) Comuníquese, Publíquese, Regístrese.
Dado en Sala de Concejo Deliberante, Diciembre 23, 1993.
Presidente: Carlos Croci
Secretaria: Nestor Espinoza