VISTO:
Que fue fijada desde el 1º de Julio de 1993 hasta el 30 de Setiembre de 1993.
Que dado el interés de numerosos vecinos que se acogieron a esta Ordenanza, la misma fue prorrogada según Ordenanza Nº899/93 desde el 1º de Octubre de 1993 al 31 de Diciembre de 1993 y desde el 1º de Enero de 1994 al 30 de Junio de 1994, y
CONSIDERANDO:
Que es necesario ampliar nuevamente el plazo establecido para que todos los contribuyentes que estén en condiciones de declarar las construcciones no presentadas, tengan la oportunidad de los beneficios de la misma.
Que numerosos vecinos aún no ha declarado las construcciones y han demostrado interés en realizarlas interiorizándose sobre el sistema de amnistía, como así también profesionales que consultan y solicitan ampliaciones del período.
Que se han presentado desde el 1º de Julio de 1993 cuantiosos exptes. de edificación que se acogen a este régimen, dando excelente resultado al mismo.
Por todo ello el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:
ORDENANZA Nº 988/94
ART.1º) Prorróguese la amnistía según Ordenanza 872/93 , 899/93 y 928/93 desde el 1º de Julio de 1994 al 31 de Diciembre de 1994.
ART.2º) Cúmplase lo establecido en los artículos de
ART.3º) Comuníquese, Publíquese, Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, Julio 5, 1994.
Presidente: Carlos Croci
Secretaria: Nestor Espinoza