Ord. 0987/94 Remod. Avda. Perón, Desde Plaza El Ferroviario Hasta Calle Laprida.

VISTO:

 

La necesidad de remodelar la Av. Juan D. Perón, en toda  su traza adecuándola a las actuales y futuras exigencias, y

 


CONSIDERANDO:


Que  para ello es menester proceder a ejecutar un  trabajo integral.

Que  una vez concluída permitirá una mayor fluidez  en  la circulación del tránsito y de peatones.

Que esta obra dada sus características impone su ejecución por etapas, permitiendo a los entes intervinientes cumplir en tiempo y forma con su realización.

Que es necesario ordenar la misma en un todo de acuerdo  a las posibilidades en cada etapa de ejecución.

Por todo ello el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:

 


ORDENANZA Nº987/94

 

 

ART.1º) Facúltase al Departamento Ejecutivo Municipal por  intermedio de la Secretaria correspondiente, al corrimiento  de la  traza de la línea de edificación en 1,50 metros  hacia adentro sobre los terrenos de propiedad de FFCC Argentinos ubicados en la vereda Norte de la Avda. Juan D. Perón ( Ex 1ero.  de Mayo ), desde calle Laprida en su límite con  la Plaza  A La Madre y hacia el Este hasta el límite  con  la iniciación de la Plaza El Ferroviario.

 

ART.2º) Facúltase al Departamento Ejecutivo Municipal por  intermedio  de la Secretaría correspondiente a angostar a  0,85 cm de ancho como máximo, el cantero central sobre la Avda. Juan  D.  Perón en el tramo comprendido  desde  Avda.  San Martín hasta Bv. San Diego.

 

ART.3º) La  ejecución  de los trabajos de corrimiento  del  cerco perimetral  de la línea de edificación , se  realizará  en dos  etapas: a) la primera comenzará desde el  límite  Sud Este de la Plaza A La Madre, hasta el final de la Plazoleta  Malvinas Argentinas, incluído el portón de  acceso  al camping del Club Talleres.

         b) desde la finalización de la construcción edilicia  en mampostería  del  Club Talleres situada entre  las  calles Fornieles y Libertad hasta calle Piazza, donde finaliza el cerco de alambrada.Incluye este corrimiento, las  columnas de alumbrado público domiciliario y de 1/2 tensión,  arbolada,  cabina transformadora, cercos de  mamposterías,  de alambrada y mampostería, plantado en los tramos  mencionados como así también el mástil y monolito colocados en  la Plazoleta Malvinas Argentinas.

 

ART.4º) Conjuntamente  con  los trabajos enunciados  en  el  Art. tercero de la presente Ordenanza, se ejecutará la obra  de achicamiento  del  cantero  central de la  Avda.  Juan  D. Perón.

 

ART.5º) En la segunda etapa de la obra se ejecutará el corrimiento del tapial perimetral, que se inicia en la calle Piazza hasta su límite con la Plaza El Ferroviario.

 

ART.6º) El gasto que insuma el cumplimiento de la presente  Ordenanza, será imputado al Fondo Municipal de Obras Públicas.

 

ART.7º) El  Departamento  Ejecutivo arbitrará la forma  y  medios necesarios, para el cumplimiento de la presente Ordenanza.

 

ART.8º) Toda  construcción que a partir de la sanción de la  presente Ordenanza se realice en la mencionada área de  afectación, será autorizada respetando la nueva traza delineada.

 

ART.9º) Deróguese  toda otra disposición que se oponga a la  presente.

 

ART.10º) Comuníquese, Publíquese, Regístrese.

 

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, Junio 23, 1994.

 

 

Presidente: Carlos Croci

Secretaria: Nestor Espinoza

 

 

 

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