VISTO:
El convenio celebrado entre
CONSIDERANDO:
Que a través del mismo, el Municipio tiene la posibilidad cierta y presente de cobrar una deuda en concepto de tasas y contribuciones, sin tener que recurrir a un proceso judicial que dilataría las posibilidades de cobro efectivo.
Que además, el convenio celebrado permite al municipio contar con una importante fracción de terreno que en el futuro permitiría desarrollar proyectos de envergadura urbanística y social en beneficio de la comunidad toda.
Por todo ello el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:
ORDENANZA Nº 995/94
ART.1º) Apruébase el convenio celebrado entre
ART.2º) Acéptase la donación de los lotes descriptos en la cláusula 4º del convenio mencionado en el art.1º.
ART.3º) Los terrenos dados en pago por cláusula 2º y los donados por cláusula 4º del convenio ut-supra aprobados serán destinados a planes colectivos de viviendas para grupos familiares de escasos recursos que se inscriban para ello, con reglamento de adjudicación.
ART.4º) Facúltase al Departamento Ejecutivo Municipal a gestionar por ante el Superior Gobierno de
ART.5º) Comuníquese, Publíquese, Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, Agosto 18, 1994.
Presidente: Carlos Croci
Secretaria: Nestor Espinoza