Ord. 1000/94 Compra Directa Inmueble Ilimani S.A., Lotes Sección Catastral Nº 16.

VISTO:

 

El expte.869/94.

La Ley 2756, Art.11º .

La Resolución Nº269/92, y

 

 

CONSIDERANDO:

 

Que la Dirección Provincial de Hidráulica ha requerido  la limpieza de los terrenos que se utilizan actualmente  para depósito de residuos, debido a la inminente iniciación  de la Obra Arroyo Saladillo tramo II.

Que encontrándose a la Venta terrenos de la firma  Ilimani S.A.,  los que por su ubicación son aptos para la  radicación  de depósito de Residuos domiciliarios Municipal,  el cual es menester trasladar a la brevedad atento al  requerimiento de la Dirección Pcial. de Hidráulica.

Que está prevista la excepción a la compra por  licitación Pública en el art.11º de la Ley 2756 por cuanto existe  un solo poseedor en condiciones de vender a la  Municipalidad las  tierras  necesarias para tales fines, por lo  que  es menester autorizar la compra directa por Ordenanza de éste Concejo.

Que  el  precio de la operación ha sido  acordado  con  la firma propietaria en $20.000.- (Pesos veinte mil), pagaderos  en cinco cuotas mensuales y consecutivas de  $4.000.- (Pesos  cuatro mil) cada una, y siendo 25 las  manzanas  a adquirir serían $800.- (Pesos ochocientos) el valor que se estaría abonando por cada una.

Que de foja 13 a foja 22 inclusive del expte. de  referencia se adjuntan los avalúos inmobiliarios ascendiendo  los avalúos de 6 de las manzanas correspondientes al  polígono C que asciende a la suma de $18.747.- (Pesos dieciocho mil setecientos cuarenta y siete) y la ubicada en el  polígono D  asciende a la suma de $53.561,40.- (Pesos  cincuenta  y tres  mil quinientos sesenta y uno con cuarenta  centavos) por lo que informa el Departamento Ejecutivo Municipal  en nota obrante en dicho expte. que se estaría comprando  las tierras  por  un 28% del valor otorgado por  la  Dirección Provincial  de Rentas, y que las manzanas  ubicadas en  el polígono D serían destinadas al nuevo depósito de basura.

Que  siendo además de gran importancia para el  desarrollo de  toda la ciudad y también al área de Salud, la  reserva de  parte  de esos terrenos, para un  futuro  proyecto  de Planta de Clasificación y Procesamiento de residuos.

Por todo ello el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:

 

 

ORDENANZA Nº 1000/94

 

 

ART.1º) Apruébase  la  compra directa a la  firma  Ilimani  S.A., según Art.11º de la Ley 2756, los terrenos que  comprenderían las manzanas 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 9, 10, 11, 12,  13, 14, 15, 16, 17 y 18, ubicadas en el polígono D de la  sección catastral 16 que lindan al norte con el Arroyo  Saladillo,  al  Sur la Av. Soldado Aguirre, al Este  la  calle Ing.  Jacobachi  y  al Oeste con la calle  Ocampo;  y  las manzanas 51 y 64 del Polígono C Sección 15 de las  limitadas por la Av. Soldado Aguirre al Norte, calle  Montevideo al Sur, calle Noruega al Este y Nicaragua al Oeste, en  un todo  de acuerdo al plano de Mensura y Subdivisión;  y  la fracción  Nº3  del mismo plano que encierra  una  sup.  de 60.419,44  m² y que linda al Norte con la fracción  2  del mismo  plano, al Sur con la Av. Soldado Aguirre,  al  Este con  la  Ruta  Prov. Nº22-S y al Oeste  con  la  autopista Rosario-Arroyo  del  Medio.  para  destino  exclusivo  del depósito Municipal de Residuos Domiciliarios en las manzanas  comprendidas  en el polígono D y la  reserva  de  las restantes para la concreción futura del proyecto de Planta de Clasificación y Procesamiento de Residuos. Las manzanas 39 del Polígono C sección 15 y la manzana Nº8 del polígono D sección catastral 16 corresponden a espacios verdes  que fueron  donados  por la firma Ilimani S.A.  Inversiones  y Mandatos  a la Municipalidad de Villa Gobernador Gálvez  y aceptada por ésta por Ordenanza Nº 970/94 .

 

ART.2º) Autorízase  al Departamento Ejecutivo Municipal  para  la firma  del correspondiente boleto de compra-venta  con  la firma Ilimani S.A.

 

ART.3º) Autorízase  el  pago de $20.000.- (pesos veinte  mil)  en cinco  cuotas  mensuales consecutivas de  $4.000.-  (Pesos cuatro  mil) por la compra de los terrenos mencionados  en el Art.1º.

 

ART.4º) Impútese  el gasto mencionado en el Art.3º a  la  partida correspondiente.

 

ART.5º) Comuníquese, Publíquese, Regístrese.

 

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 1º de Setiembre de 1994.

 

 

Presidente: Carlos Croci

Secretaria: Nestor Espinoza

 

 

 

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