Ord. 1002/94 Aprobación Mensura Y Subdivisión, Planos De Propiedad De Carolina S.A..

VISTO:

 

El Expte. Municipal Nº 13.770/94, de fecha 12 de  Septiembre de  1994, por el cual el Ingeniero Geógrafo Miguel  Ángel Prece, solicita la aprobación de los Planos de Mensura  y subdivisión  de una propiedad de carolina  S.A.,   Comercial, Industrial, Financiera e Inmobiliaria, y

 

 

CONSIDERANDO:

 

Que los Sres. propietarios han efectuado la correspondiente donación  de calles y espacios verdes a la  Municipalidad  de  Villa Gobernador Gálvez, según acta  de  donación inserta  en folios 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7 y 8 del  mencionado expte.

Que  las medidas de los lotes resultantes de  la  división están de acuerdo al reglamento de Uso y División de Suelo, Ordenanza  71/74  y  sus modificatorias  vigente  en  esta Municipalidad.

Que  en la fracción de terreno cuya mensura y  subdivisión se aprueba en la presente Ordenanza se construirán Viviendas con fondos de la Dirección Pcial. de Vivienda y  Urbanismo de Pcia. de Santa Fe, Obras que serán ejecutadas por la Empresa Werk Constructora S.R.L., es necesario  preveer que  se realicen en forma efectiva las Obras  de  infraestructura previstas por la ordenanza 71/74 y sus  modificatorias.

Por todo ello el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:

 

 

ORDENANZA Nº 1002/94

 

 

Art.1º) Apruébese  la  Mensura y Subdivisión de una  fracción  de terreno ubicado en la Sección 4ta. Polígono A Parcela Nº8, subparcela  Nº3,  designada  como lote “C”  del  plano  Nº 114205 del año 1983, situado en Villa Gobernador Gálvez  y cuyo dominio es Tomo Nº 459 Folio Nº 37 Nº 10.460,  Departamento Rosario de fecha 27 de Enero de 1.984, 1º orden  y su  superficie  es  de 12.248,87 m²; dando  origen  a  las Manzana   “A” con lotes del 1 al 40 inclusive y a la Manzana  “B” con lotes del 41 al 43 inclusive, según  el  plano confeccionado  por  el  Ingeniero  Geógrafo  Miguel  Angel Prece.

 

Art. 2º)  Acéptese  la  donación de una fracción  de  terreno  de 1.886,76  m² de superficie destinada a espacio verde a  la Municipalidad  de Villa Gobernador Gálvez, según plano  de mensura que se adjunta.

 

Art. 3º)  Acéptese  la  donación de una fracción  de  terreno  de  5.146,30 m² de superficie para calles públicas a la  Municipalidad  de  Villa  Gobernador Gálvez,  según  plano  de Mensura que es parte integrante del presente.

 

Art. 4º)  Hágase  constar que la escrituración  del  predio  para  espacio  verde,  se llevará a cabo dentro de  los  noventa (90) días de la fecha de aprobación del expediente mencionado, ante Escribano Público que designe la Municipalidad.

 

Art.5º) Déjase  expresamente  aclarado que  los  certificados  de final de obra de cada una de las viviendas a  construirse, se extenderán una vez terminada en su totalidad las  obras de  infraestructura  que prevee el Reglamento de  Uso  del Suelo – Ordenanza Nº 71/74 y sus modificatorias vigente en esta Municipalidad.

 

Art.6º) Dése copia del presente a las Secretarías de Obras Públicas, Gobierno y Hacienda, para su conocimiento y efectos.

 

Art7º) Comuníquese, Publíquese, Regístrese.

 

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, Septiembre 22 de 1.994.

 

 

Presidente: Carlos Croci

Secretaria: Nestor Espinoza

 

 

 

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