VISTO:
Expte.904/94.
Ordenanza 955/94 .
Ordenanza 968/94 , y
CONSIDERANDO:
Que el proceso de adaptación de las bases de datos de
Que lo anteriormente expuesto debe ser tenido en cuenta puesto que inconvenientes ocasionados en fallas de los programas computarizados podrían ocasionar perjuicio a los contribuyentes y/o al fisco.
Que debe aplicarse el procedimiento transitorio de liquidación dispuesto en
Por todo ello el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:
ORDENANZA Nº 1010/94
ART.1º) Prorróguese
ART.2º) Comuníquese, Publíquese, Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, Septiembre 29, 1994.
Presidente: Carlos Croci
Secretaria: Nestor Espinoza