VISTO:
Los Exptes. Nº 824/94 y 915/94. Convenio de Ejecución PROMIN, y
CONSIDERANDO:
De imperiosa necesidad la ejecución de este Convenio el cuál implicará un adelanto edilicio y tecnológico para la salud de nuestra ciudad.
Que debido a los desfasajes económicos sufridos por las Municipalidades y Comunas de esta Pcia. a partir de la sanción del Pacto Fiscal y que son de público conocimiento, es necesario reducir y limitar los gastos innecesarios siendo que en este caso el cargo de coordinador debería ser ocupado por algunos de los funcionarios de Salud en forma Ad Honorem, a fin de evitar el incremento de la partida presupuestaria.
Por todo ello el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:
ORDENANZA Nº 1020/94
ART.1º) Nómbrase un Coordinador Ad Honorem de las Acciones a llevarse a cabo por el programa PROMIN, en el ámbito de
ART.2º) Apruébase el Convenio de Ejecución firmado entre
ART.3º) Comuníquese, Publíquese, Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 3 de Noviembre de 1994.
Presidente: Carlos Croci
Secretaria: Nestor Espinoza