VISTO:
La Ordenanza N º872/93 que establece un régimen de presentación espontánea, para que los propietarios de inmuebles regularicen las edificaciones terminadas totales o ampliaciones presentando el correspondiente expte. de edificación según las disposiciones que establece la misma.
Que dado el interés de numerosos vecinos que se acogieron a esta Ordenanza, la misma fue prorrogada según Ordenanza Nº 899/93 desde el 1º de Octubre de 1.993 al 31 de Diciembre de 1.993, desde el 1º de Enero de 1.994 al 30 de Junio de 1.994 y desde el 1º de Julio de 1.994 al 31 de Diciembre de 1.994.
Que durante el período Año 1.994 se ha presentado la mayor cantidad de expedientes de todos los tiempos de esta Municipalidad, por ejemplo duplicando Año 1.993 u octuplicando Año 1.991, y
CONSIDERANDO:
Que es necesario ampliar nuevamente el plazo establecido para que todos los contribuyentes que estén en condiciones de declarar las construcciones no presentadas, tengan la oportunidad de los beneficios de la misma.
Que numerosos vecinos aún no han declarado las construcciones y han demostrado interés en realizarlas interiorizándose sobre el sistema de amnistía, como así también profesionales que consultan y solicitan ampliaciones del período.
Que se han presentado desde el 1º de Julio de 1993 cuantiosos exptes. de edificación que se acogen a este régimen, dando excelente resultado al mismo.
Por todo ello el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:
ORDENANZA Nº 1055/94
ART.1º) Prorróguese la amnistía según Ordenanza 872/93 , 899/93 y 928/93 y 988/94 desde el 1º de Enero de 1995 al 30 de Junio de 1.995.
ART.2º) Cúmplase lo establecido en los artículos de la Ordenanza N º 872/93 y el anexo correspondiente extendiéndose el plazo hasta el 30 de Junio de 1995.
ART.3º) Comuníquese, Publíquese, Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, Diciembre 29, 1994.
Presidente: Carlos Croci
Secretaria: Nestor Espinoza