Ord. 1058/95 1º Anticipo Mensual Tasa Gral. De Inmuebles.

VISTO:

 

La Tasa Gral. de Inmuebles  y lo previsto en la Ordenanza Presupuestaria respectiva, y

 

 

CONSIDERANDO:

 

Que  es  necesario implementar el cobro del    Anticipo Mensual  correspondiente  al período fiscal  del  mes  de Enero de 1.995.   

Por todo ello el Concejo Deliberante en uso de sus  atribuciones sanciona la siguiente:

 

 

ORDENANZA  Nº 1058/95

 

 

Art.1º) Emítase  el  1º Anticipo Mensual de la  Tasa  General  de Inmuebles,  correspondiente  al Período  Fiscal  Enero  de 1.995,  con  los mismos valores que rigieron para  el  12º Anticipo Mensual de 1.994.

 

Art.2º) Fíjase como primer vencimiento del 1º Anticipo Mensual el 10 de Febrero de 1995.

 

Art.3º) Comuníquese, Publíquese, Regístrese.

 

 

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, Enero 13 de 1.995.

 

 

Presidente: Luis Maggi

Secretaria: Nestor Espinoza

 

 

 

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