Ord. 1064/95 Institúyase El Slogan ” Villa Gobernador Gálvez…Una Ciudad Para Vivir”.

VISTO:

 

Que  el Concejo Deliberante, como parte integrante  de  la acción  de  Gobierno comprende un conjunto  de  objetivos, metas  y  medidas orientadas hacia la realización  de  una ciudad  en aptitud y capacidad propia para su  desarrollo, bienestar, y

 

 

CONSIDERANDO:

 

Que  para  ello es menester crear un Slogan  acorde  a  lo expresado  en el Visto de la presente Ordenanza y  que  el mismo  constituya una Unión de anhelos y esfuerzos que  se plasmarán en una ciudad moderna y pujante lo cuál,  redundará en beneficio de la población en general, adjudicándole un papel relevante a la participación y el  protagonismo de los vecinos.

Por todo ello el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:

 

 

ORDENANZA  Nº 1064/95

 

 

ART.1º) Institúyase  en  todo el ámbito del Municipio  el  Slogan “VILLA GOBERNADOR GALVEZ…… UNA CIUDAD PARA VIVIR”.

 

ART.2º) El presente Slogan será utilizado con carácter  obligatorio  en todos los textos oficiales de publicidad de  cualquier  orden  y en cualquier tipo  de  anuncio,  auspicio, evento, etc. oficial que se realizare dentro y/o fuera del ámbito del Municipio, destacando el Slogan  al principio o  al final del anuncio.

 

ART.3º) En  lo concerniente a los medios de difusión de  carácter televisivo, radial o escrito, a partir de la  promulgación de  la presente Ordenanza, las mismas deberán  incluir  en toda publicidad oficial el Slogan sin cargo.

 

ART.4º) Deberá utilizarse el slogan en todo acto público u oficial de cualquier carácter, como así también en lugares públicos, murales, gacetillas, refugios, etc. y propagandas de carácter comercial en todas sus gamas.

 

ART.5º) Invítase al Comercio  Industria e Instituciones de  cualquier carácter a su adhesión, como asimismo a los  canales de  televisión  y radiodifusoras a difundir el  Slogan  en horarios  de los mismos y a la prensa escrita para que  lo incluya sin cargo en la tapa de las publicaciones.

 

ART.6º) Comuníquese, Publíquese, Regístrese.

 

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, Marzo 16, 1995.

 

 

Presidente: Carlos Croci

Secretaria: Nestor Espinoza

 

 

 

print
Scroll al inicio