Ord. 1065/95 Autorización Adquisición predio Ex C.C.Vigil. y contrato préstamo con D.P.V.y U.

 

VISTO:

El expte. 1.013/95, Proyecto de Ordenanza elevado por  el Departamento Ejecutivo Municipal referido a la  autorización para contraer empréstito con la Dirección Provincial de Vivienda y Urbanismo a los fines de hacer frente a  la compra del predio perteneciente a la Ex-Biblioteca  Constancio C.Vigil.

La Ley 2756.

El  Dictamen  de  Comisión de Presupuesto  y  Hacienda  y Dictámenes de Asesoría Letrada y Asesoría Contable, y

CONSIDERANDO:

Que por nota fechada 15 de marzo de 1995, el Señor Director Provincial de Vivienda y Urbanismo, Arquitecto Alberto  Nazareno  Hannmerly,  comunica  al  Señor  Intendente Municipal  la Resolución favorable recaída en el  trámite iniciado por la Municipalidad de Villa Gobernador Gálvez, otorgando  a  la misma un préstamo de  $500.000.-  (Pesos quinientos  mil)  para hacer efectiva la compra  de  unos terrenos  perteneciente  a  la  Ex-Biblioteca  Constancio C. Vigil, previendo la devolución del importe en un  plazo de  20 (veinte) años, con un interés anual  sobre  saldos del 4% (cuatro por ciento), resultando una cuota  mensual de  $3.029,90  (Pesos tres mil  veintinueve  con  noventa centavos).

Que indudablemente la adquisición del inmueble  reportará un  gran beneficio para la comunidad por los fines a  los que se podrá destinar, dada la importante superficie  del mismo y su estratégica ubicación.

Que  en  virtud de los establecido expresamente  por  los arts.9 y 39 inc.20 de la Ley 2756, el Concejo Deliberante se  encuentra perfectamente facultado para  autorizar  al Departamento Ejecutivo Municipal a contratar un empréstito  con la Dirección Provincial de Vivienda  y  Urbanismo por medio de Ordenanza Especial aprobado con dos  tercios de votos de la totalidad de sus Miembros.

Que  la amortización e intereses no exceda de  la  cuarta parte de la renta Municipal.

Que la garantía de la devolución del préstamo  consistirá en la afectación de los fondos de coparticipación Provincial.

Que  resulta necesario autorizar tanto  el  endeudamiento como  la financiación y la garantía señalada  precedentemente.

Por todo ello el Concejo Deliberante en uso de sus  atribuciones sanciona la siguiente:

 

 

ORDENANZA Nº 1065/95

 

 

Art.1º) Autorízase  al  Departamento  Ejecutivo  Municipal  a  la adquisición del predio denominado ex- biblioteca  Constancio C. Vigil ubicado en:

1) SECCION  4º  POLIGONO  “A” GRAFICO 4 PARCELA  2  LOTE  3, CATASTRO Nº15.688 – SUPERFICIE 9.999,67m².

2) SECCION 4º POLIGONO “A” GRAFICO 4 PARCELA 4 LOTES 1 Y  2, CATASTRO Nº7661 – SUPERFICIES: LOTE Nº1: 24.086,75 m². LOTE Nº2: 15.831,00 m².

3) SECCION 4º POLIGONO “A” GRAFICO 8 PARCELAS 8 Y 9  UNIDAS, CATASTRO Nº14.096 – SUPERFICIE: 107.056,00 m².

4) SECCION 4º POLIGONO “A” GRAFICO 8 PARCELA 11 “A”,  CATASTRO Nº15.689 – SUPERFICIE: 89.251,90 m².

Los  que serán destinados a recreación y  construcción  de viviendas.

 

Art.2º) Autorízase al Departamento Ejecutivo Municipal a celebrar un  contrato  de préstamo con la Dirección  Provincial  de Vivienda  y  Urbanismo por la suma  de  $500.000.-  (Pesos Quinientos  mil)  a devolver en el plazo  de  20  (veinte) años, con un interés anual sobre saldos del 4% (cuatro por ciento), en cuotas mensuales de  $3.029,90 (pesos tres mil veintinueve  con noventa centavos), para la compra de  los inmuebles enumerados en al art.1º, pertenecientes a la ex- Biblioteca  Constancio C. Vigil, facultándolo  asimismo,  a afectar  en garantía del mismo los fondos de  coparticipación Provincial.

 

Art.3º) Comuníquese, Publíquese, Regístrese.

 

 

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, Marzo 21, 1995.

 

 

Presidente: Carlos Croci

Secretaria: Nestor Espinoza

 

 

 

 

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