Ord. 1077/95 Emisión 5º Y 6º Anticipo Mensual Tasa Gral. De Inmuebles.

VISTO:

 

La Tasa Gral. de Inmuebles  y lo previsto en la Ordenanza Presupuestaria respectiva, y

 

 

CONSIDERANDO:

 

Que  es  necesario implementar el cobro de los    y  6º Anticipos Mensuales correspondiente a los meses de Mayo y Junio del período fiscal 1995.   

Por todo ello el Concejo Deliberante en uso de sus  atribuciones sanciona la siguiente:

 

 

ORDENANZA Nº 1077/95

 

 

Art.1º) Emítanse  los    y 6º Anticipos Mensuales  de  la  Tasa General de Inmuebles, correspondientes a los meses de Mayo y Junio del período fiscal 1995 con los mismos valores que rigieron  para los 3º y 4º Anticipos Mensuales de 1.995.

 

Art.2º) Fíjase como primer vencimiento del 5º Anticipo Mensual el 10  de Junio y del 6º anticipo mensual, el 10 de Julio  de 1995, respectivamente.

 

Art.3º) Comuníquese, Publíquese, Regístrese.

 

 

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, Mayo 11, 1995.

 

 

Presidente: Carlos Croci

Secretaria: Nestor Espinoza

 

 

 

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