Que corresponde la eximisión de la Tasa por Servicio Técnico de Revisión de Planos e Inspección de Obras a la VecinalIntendente Andréu por encuadrar la mismaenlos requisitosexigidospor el Inciso D) delArt.115del Código Tributario Municipal, desde que la actividadnatural, normal y habitual de la Vecinal es la de laAsistenciaSocial gratuita y dado que el edificio a construirse será destinado a sus fines específicos.
Por todo ello el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:
ORDENANZA Nº 1080/95
Art.1º) Exímese a la Unión Vecinal Intendente Andréu, con domicilio en calle Comandante Espora 488 de Villa Gdor.Gálvez, dela Tasa por Servicio Técnico de Revisión dePlanose Inspeccióndelas Obras, respecto alaconstruccióna realizarse en dicho domicilio según planosconfeccionados porelMaestro Mayor de Obras DanielJoséPalombarini I.C.I.4617,para el inmueble sito enlaSección5ta. Manzana 24 Lote 28.
Art.2º) Comuníquese, Publíquese, Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, Junio 1, 1995.