VISTO:
Que dado el interés de numerosos vecinos que se acogieron a esta Ordenanza, la misma fue prorrogada según Ordenanza Nº899/93, 928/93 , 988/94 y 1055/94 hasta el 30 de junio de 1995.
Que durante el período anual 1994 se han presentado la mayor cantidad de expedientes de todos los tiempos de esta Municipalidad, por ejemplo duplicando al año 1993 u octuplicando al año 1991, y
CONSIDERANDO:
Que es necesario ampliar nuevamente el plazo establecido para que todos los contribuyentes que estén en condiciones de declarar las construcciones no presentadas, tengan la oportunidad de los beneficios de la misma.
Que numerosos propietarios aún no han declarado las construcciones y han demostrado interés en realizarlas interiorizándose sobre el sistema de amnistía, como así también profesionales que consultan y solicitan ampliaciones del período.
Que se han presentado desde el 1º de Julio de 1993 cuantiosos expedientes de edificación que se acogen a este régimen, dando excelente resultado al mismo.
Por todo ello el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:
ORDENANZA Nº 1090/95
ART.1º) Prorróguese la amnistía según Ordenanza Nº872/93 , 899/93, 928/93, 988/94 y 1055/94 desde el 30 de Junio de 1995 al 30 de Noviembre de 1995.
ART.2º) Cúmplase lo establecido en los artículos de
ART.3º) Comuníquese, Publíquese, Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, Junio 29, 1995.
Presidente: Carlos Croci
Secretaria: Nestor Espinoza