VISTO:

 

La  necesidad de numerosos vecinos de la  Sección  Pueblo Nuevo  que  por sus obligaciones cotidianas  deben  tomar colectivos en la calle Juan Domingo Perón, y

 

 

CONSIDERANDO:

 

Que muchos niños y adolescentes deben dirigirse hacia  la calle  Juan Domingo Perón para ascender y  descender  del transporte urbano con destino a sus colegios.

Que numerosos vecinos, por razones de trabajo también  se ven  obligados a dirigirse desde las calles  situadas  al Oeste  y con destino a Juan D. Perón en  distintas  horas del día; especialmente muy temprano por la mañana.

Que se ven obligados a realizar un desvío de  aproximadamente  tres cuadras para acceder a las  paradas  situadas sobre Juan D. Perón.

Que  sería menester contar con un Acceso Peatonal,  existente  en la calle Lavalle entre las calles Nuestra  Sra. de La Paz y Juan D. Perón; para facilitar su arribo hacia los medios de transporte.

Por todo ello el Concejo Deliberante en uso de sus  atribuciones sanciona la siguiente:

 

 

ORDENANZA Nº 1091/95

 

 

ART.1º) Dispóngase  la  construcción de una senda peatonal  a  la altura de la calle Lavalle entre Nuestra Señora de la  Paz y Juan D. Perón.

 

ART.2º) Dispóngase  la construcción de un refugio en cada  vereda para la espera de los medios de transporte.

 

ART.3º) Impútese a la partida presupuestaria que corresponda  los gastos  que  demande lo estipulado en los Artículos    y 2º.

 

ART.4º) Comuníquese, Publíquese, Regístrese.

 

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, Junio 29, 1995.

 

 

Presidente: Carlos Croci

Secretaria: Nestor Espinoza

 

 

 

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