Ord. 1097/95 Elisión 7º Y 8º Período Fiscal Derecho Registro E Inspección.
VISTO:
El Derecho de Registro e Inspección y lo previsto en
CONSIDERANDO:
Que es necesario implementar el cobro de los 7º y 8º Períodos Mensuales correspondiente a los Períodos Fiscales del Mes de Julio y Agosto de 1.995.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:
ORDENANZA Nº 1097/95
Art.1º) Emítanse los 7º y 8º Períodos Mensuales del Derecho de Registro e Inspección, correspondiente a los períodos fiscales de Julio y Agosto de 1.995 con los mismos valores que rigieron para el 6º Período mensual de 1.995.
Art.2º) Fíjase como primer vencimiento del 7º Período Mensual el 10 de Agosto de 1.995, y para el 8º Período Mensual el 10 de Septiembre de 1995.
Art.3º) Comuníquese, Publíquese, Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, Julio 27, 1995.
Presidente: Carlos Croci
Secretaria: Nestor Espinoza