Ord. 1097/95 Elisión 7º Y 8º Período Fiscal Derecho Registro E Inspección.

VISTO:

 

El  Derecho de Registro e Inspección y lo previsto en  la Ordenanza Presupuestaria respectiva, y

 

 

CONSIDERANDO:

 

Que es necesario implementar el cobro de los 7º y 8º  Períodos Mensuales correspondiente a los Períodos  Fiscales del Mes de Julio y Agosto de 1.995.

Por  todo  ello, el Concejo Deliberante  en  uso  de  sus atribuciones sanciona la siguiente:

 

 

ORDENANZA Nº 1097/95

 

 

Art.1º) Emítanse  los 7º y 8º Períodos Mensuales del  Derecho  de Registro  e  Inspección, correspondiente  a  los  períodos fiscales de Julio y Agosto de 1.995 con los mismos valores que rigieron para el 6º Período mensual de 1.995.

 

Art.2º) Fíjase como primer vencimiento del 7º Período Mensual  el 10 de Agosto de 1.995, y para el 8º Período Mensual el  10 de Septiembre de 1995.

 

Art.3º) Comuníquese, Publíquese, Regístrese.

 

 

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, Julio 27, 1995.

 

 

Presidente: Carlos Croci

Secretaria: Nestor Espinoza

 

 

 

print