VISTO:
La Ley 2756, Art.39 Inciso 38 , que faculta al Concejo Deliberante a legislar en materia de circulación y tránsito, y
CONSIDERANDO:
Que en la zona de Bajo Nogués en el camino público que corre a bajo nivel paralelo a Avda. Juan D. Perón ( Ex – 1º de Mayo ) existen dos curvas, una al ingreso y otra al egreso; observándose que las mismas son muy cerradas y constituyen un peligro permanente para la gran cantidad de vehículos que transitan por el lugar, siendo además que circulan camiones de gran porte, los cuáles al tomar las curvas deben realizar maniobras que provocan congestionamiento del tránsito vehicular sin perjuicio del peligro de chocar con los vehículos que circulan por el sentido contrario.
Que en virtud de lo antedicho es necesario realizar obras de ampliación de dichas curvas y de remodelación de los canteros que orientan la circulación e ingreso del tránsito desde Avda. Juan Domingo Perón y Córdoba al camino público de referencia.
Por todo ello el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:
ORDENANZA Nº 1101/95
Art.1º) Autorízase al Departamento Ejecutivo Municipal a realizar las siguientes obras de ampliación y remodelación: a) en la curva de ingreso a camino público (zona Bajo Nogués) demolición de 2 metros de cordón y construcción de pavimento con cordón, superficie 40 m². b) en la curva de egreso hacia Avda. Circunvalación camino público ( zona Bajo Nogués ), demolición de 1,20 de cordón y construcción pavimento y cordón superficie 15 m²; c) cantero central lado Norte, demolición 1 metro de cordón y construcción cordón y pavimento superficie 3 m²; d) cantero Avda. Juan D. Perón entre Córdoba y Nogués, demolición de 10 metros de cordón de Sur a Norte; debiendo realizarse los mismos conforme a los lineamientos y especificaciones del plano que se adjunta.
ART.2º) Autorízase al Departamento Ejecutivo Municipal a realizar las obras detalladas en el Art. 1º mediante el sistema de UNIDAD EJECUTORA MUNICIPAL (Ley 24.443).
ART.3º) Comuníquese, Publíquese, Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, Agosto 3, 1995.
Presidente: Carlos Croci
Pro Secretaria: Victoria Beloni
Derogada por Ordenanza 1458/00