VISTO:
CONSIDERANDO:
Que es necesario implementar el cobro del 9º y 10º Anticipo Mensual, correspondientes a los meses de Setiembre y Octubre del período fiscal 1995.
Por todo ello el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:
ORDENANZA Nº 1110/95
ART.1º) Emítanse el 9º y 10º Anticipo Mensual de
ART.2º) Fíjase como primer vencimiento del 9º Anticipo Mensual el 10 de Octubre y del 10º Anticipo Mensual, el 10 de Noviembre de 1995.
ART.3º) Comuníquese, Publíquese, Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, Septiembre 14, 1995.
Presidente: Carlos Croci
Pro Secretaria: Victoria Beloni