Ord. 1125/95 Aprobación Mensura Y Subdivisión Expte. Municipal Nº 14.792, Sección Catastral 4º.

VISTO:

 

El  Expte. Nº1107/95, Expte. Municipal Nº  14.792/95,  de fecha 20 de Setiembre de 1.995, por el cual el  Ingeniero Geógrafo  Miguel Ángel Prece, solicita la  aprobación  de los  planos de Mensura y Subdivisión de una propiedad  de los Señores CAROLINA S.A.C.I.F.I., y

 

 

CONSIDERANDO:

 

Que  los Señores propietarios han efectuado la  correspondiente  donación   de calles a la Municipalidad  de  Villa Gobernador Gálvez, según actas de donación que obra en  el  mencionado expediente.

Que  las medidas de las lotes resultantes de  la  división están de acuerdo al Reglamento de Uso y División de Suelo, Ordenanza  71/74   y  sus modificatorias  vigente  en  esta Municipalidad.

Que se encuentra vigente la Ordenanza 1075/95 , que suspendió  por el termino de 120 días todas las  urbanizaciones, loteos, amanzanamientos y/o aparcelamientos, y su prórroga por  60 días dispuesta por Ordenanza 1104/95 ,  siendo  que para  el caso en cuestión, es aplicable el artículo 6º  de la  Ordenanza 1075/95 , que textualmente reza:  “exceptúase de  la presente Ordenanza los loteos que  sean  necesarios para la construcción de viviendas Municipales o Provinciales”.

Que  en la fracción de terreno cuya mensura y  subdivisión que  se aprueba en la presente Ordenanza,  se  construirán viviendas con fondos de la Dirección Provincial de Vivienda  y Urbanismo de la Provincia de Santa Fe, obras que  se ejecutarán  por  cuenta de la  Empresa  WERK  CONSTRUCTORA S.A.,  por lo que es necesario preveer que se realicen  en forma  efectiva las obras de infraestructura prevista  por la Ordenanza 71/74 y sus modificatorias.

Por todo ello el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:

 

 

ORDENANZA Nº 1125/95

 

 

Art.1º) Apruébase  la  Mensura y Subdivisión de una  fracción  de         terreno ubicada en la Sección Catastral 4º Polígono ” A  ” –  Parcela Nº8,  Sub Parcela Nº 3 – Lote ” C “  del  Plano 114.205/83,  situado en Villa GObernador Gálvez,  Departamento  Rosario, Provincia de Santa Fe y cuyo  dominio  es:  Tomo Nº 459 – Folio Nº 37 – Número 104.603 –  Departamento Rosario,  Provincia  de  Santa Fe y su  superficie  es  de 30.336,07 m², dando origen a la Manzana Nº 20 “ A ” ,  con lotes  desde el número 1 al 26 inclusive y Manzana    20 “B”  con  lotes desde el número 1 al 38  inclusive,  según  plano  de mensura confeccionado por el Ingeniero  Geógrafo Miguel Ángel Prece.

 

ART.2º) Acéptase  la  donación  de una  fracción  de  terreno  de          10.543,40    de superficie para apertura de  las  calles públicas  a la Municipalidad de Villa  Gobernador  Gálvez, según  plano de mensura que es parte integrante del  expediente Municipal Nº 14.792/95.

 

ART.3º) Acéptase la donación de una fracción de terreno de 895,68 m² de superficie, destinado a  espacio verde a la  Municipalidad de Villa Gobernador Gálvez, según plano de  mensura.

 

ART.4º) Hágase constar que la escrituración de los predios  cedidos para calles públicas y espacio verde se llevará a cabo dentro de los noventa (90) días de la fecha de  aprobación de  la  presente  Ordenanza, ante  Escribano  Público  que designe la Municipalidad.

 

ART.5º) La presente aprobación de los planos de mensura y  subdivisión  de  la  Propiedad descripta en  el  art.1º,  queda sujeta  al cargo de la efectiva realización  de  Viviendas con  fondos  de  la Dirección Provincial  de  Viviendas  y Urbanismo.

 

ART.6º) Déjase  expresamente  aclarado que  los  certificados  de final de obra de cada una de las viviendas a  construirse, se extenderán una vez finalizada en su totalidad las obras de  infraestructura  que  prevé el Reglamento  de  Uso  y División  del Suelo – Ordenanza Nº 71/74 y sus  modificatorias vigente en esta Municipalidad.

 

ART.7º) Comuníquese, Publíquese, Regístrese.

 

 

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, Octubre 12, 1995.

 

 

Presidente: Carlos Croci

Secretaria: Nestor Espinoza

 

 

 

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