Expte. Nº1153/95.
VISTO:
CONSIDERANDO:
Que es necesario implementar el cobro del 1º y 2º Anticipo Mensual, correspondientes a los meses de Enero y Febrero del período fiscal 1995.
Por todo ello el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:
ORDENANZA Nº 1152/95
ART.1º) Emítanse el 1º y 2º Anticipo Mensual de
ART.2º) Fíjase como primer vencimiento del 1º Anticipo Mensual el 7 de Febrero y del 2º Anticipo Mensual, el 7 de Marzo de 1996.
ART.3º) Comuníquese, Publíquese, Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 21 de Diciembre de 1995.
Presidente: Carlos Croci
Pro Secretaria: Victoria Beloni