Expte. Nº1154/95.
VISTO:
El Derecho de Registro e Inspección y lo previsto en
CONSIDERANDO:
Que es necesario implementar el cobro del 1º y 2º Período Mensual, correspondientes a los Períodos Fiscales de los Meses de Enero y Febrero de 1.996.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:
ORDENANZA Nº 1153/95
ART.1º) Emítanse el 1º y 2º Período Mensual del Derecho de Registro e Inspección, correspondientes a los períodos fiscales de Enero y Febrero de 1.996 con los mismos valores que rigieron para el 12º Período mensual de 1.995.
ART.2º) Fíjase como primer vencimiento del 1º Período Mensual el 10 de Febrero, y para el 2º Período Mensual el 10 de Marzo de 1996.
ART.3º) Comuníquese, Publíquese, Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 21 de Diciembre de 1995.
Presidente: Carlos Croci
Pro Secretaria: Victoria Beloni