Expte. Nº1173/96.
VISTO:
El Derecho de Registro e Inspección y lo previsto en
CONSIDERANDO:
Que es necesario implementar el cobro del 3º y 4º Período Mensual, correspondientes a los Períodos Fiscales de los Meses de Marzo y Abril de 1.996, como así también fijar los vencimientos de la presentación de
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:
ORDENANZA Nº1160/96
ART.1º) Emítanse el 3º y 4º Período Mensual del Derecho de Registro e Inspección, correspondientes a los Períodos Fiscales de Marzo y Abril de 1.996 con los mismos valores que rigieron para el 2º Período Mensual de 1.996.
ART.2º) Fíjanse los siguientes vencimientos para
MARZO -10/04/96
ABRIL -10/05/96
MAYO -10/06/96
JUNIO -10/07/96
JULIO -10/08/96
AGOSTO -10/09/96
SETIEMBRE -10/10/96
OCTUBRE -10/11/96
NOVIEMBRE -10/12/96
DICIEMBRE -10/01/97
ART.3º) En caso de que los vencimientos fijados en el artículo anterior resulten en día feriado o inhábil, se trasladarán al día hábil inmediato siguiente.
ART.4º) Comuníquese, Publíquese, Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, Marzo 8, 1996.
Presidente: Carlos Croci
Secretaria: Nestor Espinoza
