QueporLey Nº 11.317, del 7 de Diciembrede1995,el Superior Gobierno de la Provincia, cede y transfiere ala Municipalidad de Villa Gobernador Gálvez, la totalidadde losterrenos que integran el Parque Regional Sur,ensu Jurisdicción.
Quepor Ordenanza 1093/95, Art.1º inc.a, se declarózona dereserva ecológica y área protegida al ParqueRegional Sur, incluyendo a la totalidad de los terrenos delimitados por el Arroyo Saladillo, Av. San Martín y traza de laAv. Circunvalación, incluyéndose la longitud total de terrenos ubicados a ambas margenes de la Av. Circunvalación.
Por Ordenanza 1144/95, (Código Urbano Municipal), secreó como distrito D1 (Parques existentes y futuros), el sector que comprende al predio limitado al Sur por la Av. Circunvalacion, al Oeste por la Ruta Pcial. Nº 21, al Nortepor calle Pública ( sin abrir ) y terreno propiedad de Alfredo Roullion y Otros, y al Este por calle Pública (sinabrir) prolongacion de calle Rivadavia de la Planta Urbana, según Planode Mensura y jurisdiccion inscripto en elRegistro conelNº79.414/74yvisacionMunicipaldefecha 27/06/74,ycuya superficie total es de109.730,35m², propiedad actual del Ejército Argentino.
Que por Ordenanza Nº785/92, se declaró de InterésMunicipallos predios de Propiedad del Superior Gobierno dela Nación,designados en el Plano de MensuraySubdivisión inscriptos en el Registro con el número 79.414 yvisación Municipal de fecha 27/06/74, con los Nros. 1, 2, 4, 5,8, 9 y 10, siendo el loteNº 1, el que corresponde al inmueble antes descripto, y
CONSIDERANDO:
Quetodala Legislación citada en losvistos,hasido dictada teniendo en cuenta la necesidad de preservarcomo espacios verdes y/o áreas protegidas a las mencionadas con finespurayexclusivamenterecreativos,deportivos, culturales,yde esparcimiento, habiendosidoprevisto ademáselcarácter de reserva ecológica y pulmóndela Ciudad.
Que la Legislatura Nacional por Ley Nº24.146,previóel traspasoa favor de las Provincias, Municipios oComunas de los Bienes Inmuebles del Estado Nacional,innecesarios parael cumplimiento de sus fines o gestiónempresarial, siendo que la Ley permite con ello un sano y eficazordenamientoterritorial y ambiental, ya que devuelvealas células primarias y responsables de tal ordenamiento, como sonlos Municipios y Comunas de todo el País,elmanejo delrecurso tierra, procurando asimismo evitarindebidas distorsiones inmobiliarias.
Quelaesencia y línea política y de accióndelactual Gobierno de la Ciudad, tanto en su faz legislativa a cargo del Concejo Deliberante, y ejecutiva a cargo del IntendenteMunicipal,apunta a lapreservacióndelpatrimonio territorial para su posterior utilización en beneficiode lacomunidad,lo que hace imprescindible queelpredio descriptoen los vistos, pase a formarparteintegrante del Patrimonio Municipal, dentro del ámbito geográfico del Parque Regional Sur, a efectos de que dicha zona pueda ser destinada a los fines previstos, ya antes mencionados.
Por todo ello el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:
ORDENANZA Nº1166/96
ART.1º) DeclárasedeInterés Municipal, laadquisiciónenel marco de la Ley Nacional Nº 24.146, del Inmueblelimitado alSurpor la Av. Circunvalación, al Oeste porlaRuta Provincial Nº 21, al Norte por calle Pública ( sin abrir ) y terreno propiedad de Alfredo Roullion y Otros, y al Este porcallePública ( sin abrir )prolongacióndecalle Rivadaviade la Planta Urbana, según Plano deMensuray jurisdicción inscripto en el Registro con el Nº79.414/74 y visación Municipal de fecha 27/06/74, y cuyasuperficie totales de 109.730,35 m², propiedad actual delEjército Argentino.
ART.2º) Autorízase al Señor Intendente Municipal y/o a quien éste designe,a iniciar las gestiones para la adquisicióndel predio descripto por el Art.1º.
ART.3º) Comuníquese al Ejército Argentino, actual propietario del predio, a efectos de que tome conocimiento de las DeclaracionesdeInterés Municipal, AreaProtegidayReserva ecológica, que se han dictado respecto a la zona dondese encuentraelinmueble; como asímismola prioridadque detentadel Municipio para su adquisición en el marcode la Ley Nacional Nº 24.146.
ART.4º) Comuníquese, Publíquese, Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 28 de Marzo de 1996.