VISTO:

El Expediente Nº 1184/96.

La  Ley  2756 y la Ley de Contabilidad  (Decreto  Ley  Nº 1757/56), y 

 

CONSIDERANDO:

Que  de  acuerdo  a las atribuciones que  otorga  a  este Concejo Deliberante la Ley 2756 y en virtud de las disposiciones   de  la  Ley  de  Contabilidad,  (Decreto   Ley Nº1757/56), corresponde incorporar al Cálculo de Recursos del  Año  1.996  una partida específica  que  refleje  el ingreso  derivado del Fondo de Salud, Seguridad y  Educación, creado por Ordenanza Nº 1137/95 .

Que a los efectos de la determinación del ingreso, es  el Cálculo  de  Recursos  en su ejecución,  en  una  partida específica;  la herramienta de dónde se toma la  información necesaria.

Por todo ello el Concejo Deliberante en uso de sus  atribuciones sanciona la siguiente:

 

ORDENANZA Nº1167/96

 

ART.1º) Modifíquese el Art. 4º de la Ordenanza N º 1137/95, el que quedará redactado de la siguiente manera: ” El importe del Fondo se depositará en una Cuenta Especial del Banco Santa Fe S.A., Sucursal Villa Gobernador Gálvez, procediéndose a incorporar  al  Cálculo  de Recursos del  Año  1.996,  una partida específica para que se refleje el ingreso derivado de  este  Fondo  bajo el Nº  2.1.1./01.01.03.00  Fondo  de Seguridad, Salud y Educación.

 

ART.2º) Comuníquese, Publíquese, Regístrese.

 

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, Abril 25, 1996

Presidente: Carlos Croci

Secretaria: Nestor Espinoza

 

 

 

 

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