Expte. Nº 1215/96.
VISTO:
La importancia que este Gobierno asigna a la seguridad de la comunidad, en su carácter de representante de la misma.
La obligación ética y moral que le incumbe en el ordenamiento y financiamiento de la misma y la obtención de los recursos necesarios para su implementación a través de las áreas Municipales respectivas, la ley 2756, las Ordenanzas Nº 559/89, 733/92, 1137/95 y su modificatoria Nº 1173/96, y
CONSIDERANDO:
Que con la implementación del Fondo Especial para
Que es necesario perfeccionar dichos servicios principalmente en la faz seguridad, administrativa y operativamente, y que para el logro de este objetivo es fundamental incrementar la participación efectiva del Gobierno Municipal y de la totalidad de los distintos estamentos de la sociedad a través de la creación de
Que no siendo ajeno a esta comunidad y sus representantes los problemas económicos y financieros por los que atraviesa el sector comercial e industrial, lo que trae aparejado despidos y falta de contratación de personal, que a su vez redunda e impide el giro comercial, y haciéndonos eco de las preocupaciones manifiestas de este tipo, y con la finalidad última de fomentar la apertura de nuevas fuentes laborales, se ve la conveniencia de eliminar dicho adicional del Derecho de Registro e Inspección.
Que cabe destacar que sin la implementación en su momento de
Que contando en la actualidad el Municipio con los fondos necesarios para mantener el Servicio de Seguridad dentro de la esfera de su competencia.
Por todo ello el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:
ORDENANZA Nº 1185/96
ART.1º) Derógase
ART.2º) Autorízase al Departamento Ejecutivo para llevar a cabo las tramitaciones pertinentes y necesarias a efectos de implementar
ART.3º) Notifíquese la presente Ordenanza a
ART.4º) Comuníquese, Publíquese, Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, Julio 18, 1996.
Presidente: Carlos Croci
Secretaria: Nestor Espinoza
